Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 663
Sucre, 14 de noviembre de 2019
Expediente: 064/2019-S
Demandante: Erick Cristian García Achúcarro
Demandado: Daniel Raúl Aguilar Vasquez
Materia: Pago de derechos y beneficios sociales
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 100 a 102 vta., interpuesto por el demandado Daniel Raúl Aguilar Vasquez, contra el Auto de Vista Nº 042/2019 de 24 de enero de fs. 97 a 98, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso laboral de pago de derechos y beneficios sociales seguido a demanda de Erick Cristian García Achúcarro, contra el recurrente, el Auto Nº 092/2019 de 15 de febrero de fs. 106, por el que se concedió el recurso, el Auto Supremo de 26 de febrero de 2019 de fs. 112 y vta., que admitió el recurso y todo cuanto ver convino y se tuvo presente:
I.- ANTECEDENTES PROCESALES:
Sentencia:
Tramitado el proceso laboral de pago de derechos y beneficios sociales, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 15/18 de 27 de marzo de fs. 72 a 74, por la que declaró PROBADA la demanda de fs. 5 - 6, con costas, ordenando que el demandado Daniel Raúl Aguilar Vasquez, cancele al actor la suma de Bs. 24.256,07 por concepto de desahucio, indemnización por 7 meses y un día, aguinaldo y doble aguinaldo 2015 en duodécimas, más la multa del 30% prevista por el Decreto Supremo (DS) Nº 28699, aclarando por Auto Complementario de 10 de abril de 2018 el nombre correcto del demandado (fs. 77 vta.).
Auto de Vista:
Interpuesto el recurso de apelación promovido por el demandado Daniel Raúl Aguilar Vasquez, conforme consta en el escrito de fs. 81 a 83, el Tribunal de alzada, conformado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Auto de Vista Nº 042/2019 de 24 de enero, CONFIRMÓ la Sentencia apelada y su auto complementario.
Recurso de casación, concesión y admisión:
Contra el indicado Auto de Vista, el demandado Daniel Raúl Aguilar Vasquez, interpuso recurso de casación en la forma, conforme consta del escrito de fs. 100 a 102 vta., que fue concedido por el Tribunal de alzada mediante Auto Nº 092/2019 de 15 de febrero de fs. 106; por lo que, radicado el expediente en este Tribunal Supremo, se admitió el recurso, por Auto de 26 de febrero de 2019 de fs. 112 y vta.
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