Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 663/2020-RA.
Fecha: 04 de diciembre de 2020
Expediente: O-31-20-S.
Partes: Deysi Clotilde Arias Torrez c/ Ronald Franz Fierro Quintanilla.
Proceso: Reconocimiento de bienes gananciales.
Distrito: Oruro.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 363 a 366 interpuesto por Ronald Franz Fierro Quintanilla, contra el Auto de Vista Nº 138/2020 de 26 de octubre, cursante de fs. 352 a 359, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso ordinario de reconocimiento de bienes gananciales seguido a instancia de Deysi Clotilde Arias Torrez contra el recurrente; la contestación de fs. 370 a 374, el Auto de concesión de 27 de noviembre a fs. 375; todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Deysi Clotilde Arias Torrez, por memorial de demanda cursante de fs. 67 a 72, subsanado a fs. 76 y vta., inició proceso ordinario de reconocimiento de bienes gananciales, pretensión interpuesta contra Ronald Franz Fierro Quintanilla, quien una vez citado, contestó a la demanda de forma negativa y contrademandó solicitando reconocimiento, división y partición de otros bienes de fs. 87 a 93 vta., y a fs. 101 y vta., desarrollándose de esa manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 53/2020 de 10 de marzo, cursante de fs. 322 a 326 vta., por la que el Juez Público de Familia Nº 7 de la Ciudad de Oruro, declaró no ha lugar e IMPROBADA la demanda interpuesta por Deysi Clotilde Arias Torrez en cuanto a la ganancialidad del departamento, vehículo y línea telefónica; de igual forma declaró no ha lugar e IMPROBADA la contrademanda interpuesta por Ronald Franz Fierro Quintanilla respecto a la empresa unipersonal, frutos, dineros ahorrados y la asistencia familiar de los hijos del demandado como cargo a la comunidad de gananciales.
2. Resolución que puesta en conocimiento de los sujetos procesales, ameritó que Deysi Clotilde Arias Torrez de fs. 328 a 332 interponga recurso de apelación; de esta manera, la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, pronunció el Auto de Vista Nº 138/2020 de 26 de octubre, cursante de fs. 352 a 359, por el que ANULÓ la sentencia y dispuso que el juez de la causa emita nueva resolución con la debida fundamentación, motivación y congruencia, sin responsabilidad por ser excusable.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Ronald Franz Fierro Quintanilla mediante memorial de fs. 363 a 366, que es motivo de análisis respecto a los requisitos de admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
PRESUPUESTOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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