Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO: No 665 Sucre 26 de octubre de 2004
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Juan Manuel Hurtado Cuellarc/ Juan Torrez Plantarrosa y otro
Apropiación Indebida y otro.
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VISTOS: el recurso de casación de fojas 277 a 278 interpuesto por Carlos Gastón Montellano Medrano impugnando el Auto de Vista número 274/04 de fojas 271 a 272 vuelta pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Juan Manuel Hurtado Cuellar contra Juan Torrez Plantarrosa y Nelson Fernández Frías por la comisión de los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza previstos y sancionados por los artículos 345 y 346 del Código Penal.
CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación debe cumplirse con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, de manera que el recurrente al interponer el recurso de casación dentro de los cinco días de haberse notificado con el Auto de Vista, precise los hechos similares y establezca la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
CONSIDERANDO: el recurrente Carlos Gastón Montellano Medrano al interponer el recurso de casación de fojas 277 a 278 lo hace sin estar legitimado para ejercer el derecho de recurrente ni tiene poder especial que cumpla con los requisitos legales, conforme a las previsiones del art. 394 del Código de Procedimiento Penal situación que le inhabilita para plantear el referido recurso.
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