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TSJ

AS/0665/2016

Tribunal Supremo de Justicia
23 de junio de 2016CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Compulsa
Sala
Civil
Año
2016

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L

Auto Supremo: 665/2016

Sucre: 23 de junio 2016

Expediente: LP – 97-16-Com

Partes: Irene Arias Zeballos c/ Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.

Proceso: Compulsa

Distrito: La Paz

VISTOS: El Recurso de Compulsa de fojas 199 a 202 y vta., interpuesto por Irene Arias Zeballos, contra el Auto de fecha 24 de mayo 2016 cursante de fs. 195 del testimonio, pronunciado por Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del Proceso Ordinario Civil seguido por Irene Arias Zeballos contra Mutualidad “TTE GRAL GERMAN BUCHS” REPRESENTADO POR Iván Luis Cárdenas Venegas, los antecedentes del testimonio y:

CONSIDERANDO I: Se debe hacer referencia a la previsión contenida en el artículo 279 (Procedencia) del Código de Procesal Civil establece: “El recurso de compulsa procede por negativa indebida del recurso de apelación o del de casación, o por concesión errónea del recurso de apelación en efecto que no corresponda, a fin de que el superior declare la legalidad o ilegalidad de la resolución objeto del recurso”.

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Criterio

“…la primera parte del art. 279 de la Ley Nº 439, señala que el recurso de compulsa procede por negativa del recurso de apelación o casación, que no acontece en el caso de Autos, pues no se niega ni recurso de casación ni apelación, este último que no tiene funcionalidad en los trámites de segunda instancia donde se trámite precisamente un recurso de apelación…”

Datos del proceso

Demandante
Irene Arias Zeballos
Demandado
Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Proceso
Compulsa
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Compulsa / Ilegal
Tribunal Supremo de Justicia23 de junio de 2016AS/0665/2016Fuente oficial