Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 665/2019-RA.
Fecha: 11 de julio de 2019
Expediente: O-28-19-S
Partes: Juan Flores Tarqui, Paulina Flores Tarqui e Isidora Flores Tarqui de
Misericordia c/ Remigio Lizarazu Lamas, Leonarda Quispe de Lizarazu, Alejandra Tatiana Meneces Colque y Patricia Shirley Muriel García.
Proceso: Nulidad.
Distrito: Oruro
VISTOS: El recurso de casación de fs. 2101 a 2103, presentado por Juan Flores Tarqui, Paulina Flores Tarqui e Isidora Flores Tarqui, impugnando el Auto de Vista Nº 101/2019 de 16 de mayo de 2019, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro (fs. 2089 a 2097 vta.), en el proceso ordinario de nulidad, seguido por los recurrentes contra Remigio Lizarazu Lamas, Leonarda Quispe de Lizarazu, Alejandra Tatiana Meneces Colque y Patricia Shirley Muriel García, las contestaciones de fs. 2107 a 2108 y de fs. 2110 a 2112 vta., Auto de concesión de 28 de junio cursante a fs. 2113; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Juan Flores Tarqui, Paulina Flores Tarqui e Isidora Flores Tarqui de Misericordia demandaron a Remigio Lizarazu Lamas, Leonarda Quispe de Lizarazu, Alejandra Tatiana Meneces Colque y Patricia Shirley Muriel García (fs. 64 a 67, ampliada y modificada a fs. 118 y vta.), por nulidad, contestando Remigio Lizarazu Lamas y Leonarda Quispe Costas de Lizarazu, mediante memorial de fs. 209 a 211, oponiendo excepciones y planteando demanda reconvencional, asimismo, contestó Alejandra Tatiana Meneces Colque por memorial de fs. 257 a 263, planteando excepciones y demanda reconvencional por la eficacia de contratos de compra y resarcimiento de daños y perjuicios.
Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 61/2018 de 02 de julio, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Nº 7 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, cursante de fs. 2017 vta., a 2025, que declaró IMPROBADA en todas sus partes la demanda e IMPROBADA en todas sus partes la demanda reconvencional.
Resolución que generó las apelaciones de una de las codemandadas, mediante escrito de fs. 2042 a 2043 vta., y de los demandantes mediante memorial de fs. 2045 a 2047.
2. La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista de 16 de mayo de 2019 que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 61/2018 de 2 de julio de fs. 2017 vta., a 2025 de obrados.
3. Resolución de segunda instancia que fue recurrida en casación por los demandantes, mediante memorial de fs. 2101 a 2103, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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