Volver a jurisprudencia
TSJReiteradora

AS/0668/2019

Tribunal Supremo de Justicia
22 de octubre de 2019Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado / Carencia recursiva

El recurrente alega error de hecho y derecho en cuanto a los otros derechos sociales, toda vez que el auto recurrido, mantiene incólume el pago de aguinaldo por 13 días de la gestión 2016, además de indicar que la juez de primera instancia, no cometió agravio al ordenar el pago de doble aguinaldo, s...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 2da
Año
2019

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 668/2019

Sucre, 22 de octubre de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 64/2019

Distrito: Chuquisaca

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS:

El recurso casación en el fondo y en la forma de fs. 134 a 137 vlta., interpuesto por el representante de la parte demandada, la contestación al recurso de fs. 139 a 140, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales seguido por Pedro Mamani Torihuano contra la Empresa Constructora Caballero, el Auto Nº 101/2019 de 20 de febrero, que concedió el recurso, el Auto Nº 66/2019 - A de 11 de marzo de fs. 547 y Vlta, que admitió el recurso, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

I.- Antecedentes del proceso.

I.1.- Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la Capital del Distrito Judicial de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 12/2018 de 22 de marzo (fs. 106 a 109), declarando PROBADA en parte la demanda social de fojas 25 a 26, de acuerdo a los siguientes conceptos y montos:

Fecha de inicio -------------------------- 07/01/2014

Fecha de conclusión -------------------- 13/02/2016

Tiempo de servicios 1 año, 11 meses y 10 días.

Sueldo promedio indemnizable ------- Bs. 4.000,-

SUELDO DEVENGADO (2 MESES) -------------------------- Bs. 9.000,-

INDEMINIZACION POR ANTIGÜEDAD

1 año, 11 meses y 10 días ---------------------------------- Bs. 7.777,73

Doble aguinaldo (13 días) ---------------------------------- Bs. 288,86

Vacación (15 días) ------------------------------------------ Bs. 4.000,-

Reintegro Salarias (2015 – 2016) ------------------------- Bs. 5.285,-

TOTAL………………………………. Bs. 26.351,59

I.2.- Auto de Vista.

Deducido recurso de apelación por la parte demandante, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Auto de Vista Nº 023/2019 de 15 de enero (fojas 129 a 131), REVOCA PARCIALMENTE la sentencia apelada, de acuerdo a los siguientes conceptos y montos:

Fecha de inicio -------------------------- 07/01/2014

Fecha de conclusión -------------------- 13/02/2016

Tiempo de servicios 1 año, 11 meses y 10 días.

Sueldo promedio indemnizable ------- Bs. 4.000,-

SUELDO DEVENGADO (2 MESES) -------------------------- Bs. 8.000,-

INDEMINIZACION POR ANTIGÜEDAD

1 año, 11 meses y 10 días ---------------------------------- Bs. 7.777,73

Doble aguinaldo (13 días) ---------------------------------- Bs. 288,86

Vacación (15 días) ------------------------------------------ Bs. 1.888,88

Mostrando 37 de 73 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Máxima

CARENCIA RECURSIVA/No es suficiente la simple cita de disposiciones constitucionales o legales, sino demostrar en que consiste la infracción que se acusa, tratándose de cuestiones de derecho se debe efectuar una crítica legal de la resolución impugnada ya que el recurso de casación es una cuestión de responsabilidad entre la ley y sus infractores.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Artículo 274, parágrafo I, numeral 3 de la Ley 439

Tribunal Supremo de Justicia22 de octubre de 2019AS/0668/2019Fuente oficial