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TSJ

AS/0668/2021-RA

Tribunal Supremo de Justicia
8 de julio de 2021Civil
Proceso
Mejor derecho y reivindicación
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 668/2021-RA

Fecha: 28 de julio de 2021

Expediente: LP-128-21-S.

Partes: Guzmán Alba Huanca representado por Rosario Alba Huanca c/Gobierno

Autónomo Municipal de El Alto representado por Monica Eva Copa Murga.

Proceso: Mejor derecho y reivindicación

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 841 a 849, interpuesto por Guzmán Alba Huanca representado legalmente por Rosario Alba Huanca contra el Auto de Vista N° 198/2021 de 26 de abril, de fs. 791 a 795, pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de mejor derecho y reivindicación seguido por el recurrente contra el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto; la contestación de fs. 870 a 874 vta., el Auto de concesión de 29 de junio de 2021 a fs. 859; todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Guzmán Alba Huanca representado legalmente por Rosario Alba Huanca mediante memorial de fs. 49 a 52, subsanado a fs. 69 y vta., interpuso demanda de mejor derecho y reivindicación contra el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto representado legalmente por Soledad Chapetón Tancara, Alcaldesa Municipal, quien una vez citada, contestó negativamente a la demanda según escrito de fs. 191 a 203; desarrollándose de esa manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 42/2021 de 29 de enero, cursante de fs. 589 a 596 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial 1° de la ciudad de El Alto - La Paz, en la que declaró PROBADA la demanda.

2. Resolución de primera instancia recurrida en apelación por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, mediante escrito de fs. 636 a 642 vta., asimismo interpusieron recurso de apelación Norah Pairumani Ajacopa por sí y en representación de Heriberto Calle Jiménez y otros según escrito de fs. 725 a 732, a cuyo efecto la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista N° 198/2021 de 26 de abril, cursante de fs. 791 a 795, ANULANDO la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Guzmán Alba Huanca representado legalmente por Rosario Alba Huanca, según memorial cursante de fs. 841 a 849, recurso que pasa a ser considerado.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de ésta; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho para su viabilidad y procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido conforme al Código Procesal Civil, corresponde a continuación, considerar la admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, de acuerdo con el procedimiento establecido en el art. 277 y los requisitos establecidos en los art. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Guzmán Alba Huanca representado por Rosario Alba Huanca
Demandado
Gobierno Autónomo Municipal de El Alto representado por Monica Eva Copa Murga.
Proceso
Mejor derecho y reivindicación
Tribunal Supremo de Justicia8 de julio de 2021AS/0668/2021-RAFuente oficial