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TSJ

AS/0669/2015-L

Tribunal Supremo de Justicia
13 de agosto de 2015CivilMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Divorcio
Sala
Civil
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 669/2015 - L

Sucre: 13 de Agosto 2015

Expediente: CB-84-10-A

Partes: Beatriz Candía Plaza c/ Jorge Condori Sejas

Proceso: Divorcio

Distrito: Cochabamba

VISTOS: El recurso de casación en el fondo cursante de fs. 152 a 153, interpuesto por Beatriz Candía Plaza contra el Auto de Vista Nº REG/S.CII/RR/AINT.193/27.09.10, cursante de fs. 149 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de Divorcio seguido por Beatriz Candía Plaza contra Jorge Condori Sejas, la concesión de fs. 155, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

La Juez Cuarto de Partido en Familia de la Capital – Cochabamba, mediante Auto Nº 177/2009 de 29 de abril cursante a fs. 136 a 137 y vta., declaró: PROBADA en parte la demanda de División y Partición interpuesta por Beatriz Candía Plaza.- en ese sentido se declara como bien ganancial: 1.- el bien inmueble ubicado en la zona Sarcobamaba, Manzana A, lote 16 con una extensión superficial de 407,77 m2. debidamente registrado en derechos Reales a nombre de los contendientes, en consecuencia se dispone la división partición a un 50% para cada contendiente del único bien inmueble antes señalado y en caso de no admitir cómoda división se dispone llevarse hasta el trance de subasta y remate, debiendo el producto de la subasta distribuirse a un 50%.

Deducida la apelación por la demandante y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista Nº REG/S.CII/RR/AINT.193/27.09.10, confirmo el Auto apelado.

En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la demandante interpuso recurso de casación en el fondo, mismo que se pasa a analizar.

CONSIDERANDO II

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Criterio

"... la causa se encuentra en la fase de ejecución de Sentencia, toda vez que la recurrente en el fenecido proceso de divorcio seguido en contra Jorge Condori Sejas, cuya Sentencia ejecutoriada cursa a fs. 46 a 48, más su Auto de ejecutoria de fs. 50 vta., una vez concluido el proceso de divorcio, ya en ejecución de Sentencia la recurrente solicita a título de demanda, la división y partición de bienes gananciales (fs. 56) y como consecuencia de ello el Juez A-quo emitido el Auto de 29 de abril de 2009 de fs. 136 a 137 y vta., la misma que al ser apelada, fue concedido en el efecto devolutivo (fs. 143 vta.), conforme dispone el art. 225 num. 5) con relación al 518 del C.P.C., habiendo merecido la emisión del Auto de Vista N° REG/S.CII/RR/AINT.193/27.09.10, resolución recurrida que se encuentra enmarcada en la limitación contenida en el artículo 518 del C.P.C."

Datos del proceso

Demandante
Beatriz Candía Plaza
Demandado
Jorge Condori Sejas
Proceso
Divorcio
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Resoluciones contra las que no procede
Tribunal Supremo de Justicia13 de agosto de 2015AS/0669/2015-LFuente oficial