Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 673/2015 - L
Sucre: 13 de Agosto 2015
Expediente: LP-130-10-S
Partes: María Eugenia Calle Uscamayta c/ Lola Bustios Pérez
Proceso: División y Partición
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 148 a 149, interpuesto por Lola Bustios Pérez contra el Auto de Vista Nº S-198, de 23 de junio de 2010, cursante de fs. 144 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de División y Partición, seguido por María Eugenia Calle Uscamayta contra Lola Bustios Pérez, la respuesta de fs. 156 a 157, concesión de fs. 158, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital – La Paz, mediante Sentencia Nº 174, de 28 de febrero de 2009 de fs. 127 a 128 y vta., declaró: PROBADA en todas sus partes la demanda de fs. 20-20 vta., subsanada de fs. 22-22 vta. En consecuencia se dispone procederse a la División y Partición del inmueble Nº 2129 ubicado en la calle Caupolican, Zona Tembladerani de esa ciudad, en partes iguales (al 50%) entre la actora María Eugenia Calle Uscamayta y la demandada Lola Bustos Pérez; a cuyo efecto se levantara el plano correspondiente; para luego procederse en la forma prevista por el art. 673 del C.P.C. Sin costas.
Deducida la apelación por la demandada y remitida las misma ante la instancia competente, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista Nº S-198/2010, anuló el Auto de concesión de apelación de fs. 136, declarando ejecutoriada la Sentencia impugnada.
En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la demandada interpuso recurso de casación, mismo que se pasa a analizar.
CONSIDERANDO II
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