Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 674/2016-RA
Sucre: 27 de junio 2016
Expediente: CB-51-16-S
Partes: Mario Sandro Grageda Segarra y Otra. c/ Lupe Alanez Fernández.
Proceso: Reivindicación, Pago de Daños y Perjuicios.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 334 a 337 vta., formalizado por Lupe Alanez Fernández contra el Auto de Vista de fecha 28 de enero de 2016 cursante de fs. 330 a 331 vta., pronunciado por el Juez de Partido Quinto en lo Civil, Comercial de la ciudad de Cochabamba, en el proceso de Reivindicación, Pago de Daños y Perjuicios seguido por Mario Sandro Grageda Segarra y Svetlana Ushak de Grageda en contra de Lupe Alanez Fernández, la contestación de fs. 341 a 346, el Auto de concesión de fs. 347, la remisión de fs. 364, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
En base a la demanda de Reivindicación, Pago de Daños y Perjuicios y Lucro Cesante, se inicia el proceso desarrollándose hasta pronunciarse Sentencia Nº 97/2015 de fecha 09 de noviembre de 2015 que, declara PROBADA en parte de la demanda de Reivindicación de fs. 70 a 75 interpuesto por Mario Sandro Grageda Segarra y Svetlana Ushak de Grageda, legalmente representados por Hilarión Grageda Ayala contra Lupe Alanez Fernández, con costas, en consecuencia se ordena a la demandada restituya la fracción del lote de terreno de 134.05 mts2., motivo de la Litis a favor de los actores que han acreditado su derecho propietario, cuyo cumplimiento deberá efectuarse en el plazo de tres días a partir de que la presente Sentencia sea debidamente ejecutoriada, bajo conminatoria de expedirse mandamiento de desapoderamiento en caso de incumplimiento. Sin lugar a los daños y perjuicios demandados por la parte actora.
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