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TSJ

AS/0680/2010

Tribunal Supremo de Justicia
15 de diciembre de 2010Social 1eraMag. Jorge Isaac Von Borries Méndez
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2010

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº S-816/2006

AUTO SUPREMO Nº 680 Social Sucre, 15 de diciembre de 2010.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Heidy Cuellar Dorado c/ Carmen Edith Egüez Rodríguez

VISTOS: El recurso de casación cursante a fs 187-189 vlta interpuesto por la actora recurrente Heydy Cuéllar Dorado mediante su representante Guillermo Montero Zeballos, contra los autos de Vista 377 y 378 dictados por el Tribunal de Segunda Instancia dentro el proceso social seguido por la actora recurrente en contra de Carmen Edith Eguez Rodríguez, el auto concesorio cursante a fs 197 los antecedentes procesales, y :

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz en fecha 15 de agosto de 2005, pronunció la sentencia No 139 cursante a fs 159-161 y vlta declarando improbada la demanda, con costas, asumiendo que la parte demandada habría desvirtuado todos los puntos demandados, mediante prueba objetiva y suficiente.

Que con dichos antecedentes la actora interpone recurso de apelación mediante escrito de fs 164-165 solicitando que el Tribunal a quem revoque la resolución de primera instancia.

Que luego de contestado el referido recurso mediante escrito de fs 167-169, el juez de la causa concede el mismo en efecto suspensivo mediante auto de fecha 09 de diciembre de 2005, cursante a fs 170, radicándose el expediente ante la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz en fecha 08 de junio de 2006 años, conforme se evidencia por la resolución de fs 174 vlta.

Que luego de varios actuados procesales, finalmente el Tribunal de segunda instancia emite primeramente el Auto de Vista Nº 377 cursante a fs 182 y seguidamente el Auto de Vista Nº 378 cursante a fs 183-184 vlta, documento mediante el cual confirman la sentencia de primera instancia (fs 159-161) con costas.

Que la actora recurrente se notifica con el Auto de Vista Nº 378 en fecha 20 de septiembre de 2006, mediante diligencia de fs 184 vlta.

Que con dichos antecedentes mediante su apoderado la actora perdidosa interpone recurso de casación en contra de las dos resoluciones señaladas mediante escrito de fs 187-189 y vlta los que se pasa a analizar en virtud a los siguientes argumentos:

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Criterio

Que este máximo Tribunal de Justicia mediante fallos uniformes ha establecido que el recurso de casación tanto en el fondo como en la forma es una demanda de puro derecho que exige una técnica recursiva para dar estricto cumplimiento a las reglas y requisitos exigidos por nuestro legislador a través del Art. 258.2 del PC. Que lamentablemente en el caso de autos el escrito de fs 187-189 carece de dicha técnica recursiva, es confuso en su exposición, realiza una simple cita genérica de normativa legal, no aclara que norma legal es la que se hubiera vulnerado o aplicado erróneamente y tampoco señala cual es la norma legal que debería de haberse aplicado, en conclusión no específica cual el error in procedendo.

Datos del proceso

Demandante
Heidy Cuellar Dorado
Demandado
Carmen Edith Egüez Rodríguez
Magistrado relator
Jorge Isaac Von Borries Méndez

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado / Carencia recursiva
Tribunal Supremo de Justicia15 de diciembre de 2010AS/0680/2010Fuente oficial