Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0683/2014

Tribunal Supremo de Justicia
24 de noviembre de 2014Civil IMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Reivindicación de parte de bien inmueble y rectificación de dimensiones
Sala
Civil I
Año
2014

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 683/2014

Sucre: 24 de noviembre 2014

Expediente: PT-33-14-S

Partes: Gloria Felisa Villca Colque de Campos, Jaime Villca Colque, Rita Villca

Colque y Primitiva Villca Colque. c/ Osvaldo Jaime Flores.

Proceso: Reivindicación de parte de bien inmueble y rectificación de dimensiones

en Derechos Reales

Distrito: Potosí

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Osvaldo Jaime Flores, de fs. 336 a 339, contra el Auto de Vista Nº 123/2014 de 15 de agosto de 2014 pronunciado por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, cursante de fs. 331 a 334 vta., dentro el proceso de reivindicación de parte de bien inmueble y rectificación de dimensiones en Derechos Reales, seguido por Gloria Felisa Villca Colque de Campos, Jaime Villca Colque, Rita Villca Colque y Primitiva Villca Colque contra Osvaldo Jaime Flores, la concesión del recurso de fs. 345, los antecedentes del proceso, y:

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:

El Juez de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial de la capital, emitió Sentencia de fecha 15 de abril de 2014, de fs. 305 a 309, declarando probada totalmente la demanda de fs. 62 a 65, en consecuencia dispone a favor de la parte demandante reivindicación de una tienda que da a la calle Bolívar en el bien inmueble sito calle Bolívar Nº 205 con una superficie de 10,45 m2 e igual superficie en la planta alta.

Resolución de fondo que es apelada por el demandado por escrito de fs. 312 a 314 vlta., que mereció el Auto de Vista Nº 123/2014 de 15 de agosto de 2014, cursante de fs. 331 a 334 vta., que confirma la Sentencia de fs. 305 a 309; decisión de alzada que es recurrida de casación, en la forma y en el fondo, por el demandado que merece el presente análisis.

CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

En la forma:

Acusa falta de declaración de rebeldía, ya que el banco de Crédito fue también demandado, que no asumió defensa y no respondió a la demanda por lo que debió declarase rebelde en cumplimiento al art. 68 del Código de Procedimiento Civil, lo que causó indefensión a la institución bancaria.

También alega impersonería de los demandantes, indicando que se entregan mandatos por los actores, pero se extraña el mandato de Rita Villca Colque a favor de Gloria Felisa Villca Colque, quién actúa en favor de la codemandante, lo que conculca el art. 58 del Código de Procedimiento Civil, contemplándose en la sentencia a la mencionada cuando abandonó el proceso.

Mostrando 18 de 35 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Proceso
Reivindicación de parte de bien inmueble y rectificación de dimensiones
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades Procesales / No procedeDerecho Civil / Derecho Procesal Civil / Procesos / Procesos Ordinarios / Emergente de proceso ejecutivo o coactivo previo / Demanda / Legitimación activa
Tribunal Supremo de Justicia24 de noviembre de 2014AS/0683/2014Fuente oficial