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TSJ

AS/0686/2010

Tribunal Supremo de Justicia
16 de diciembre de 2010Social 1eraMag. Jorge Isaac Von Borries Méndez
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2010

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº S-808/2006

AUTO SUPREMO Nº 686 Social Sucre, 16 de diciembre de 2010.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Florencio Solano López c/ Servicio Nacional de Caminos

VISTOS: El recurso de casación en el fondo 63-64, interpuesto por Nivel Nogales Guzman, en representación de Florencio Solano López, impugnando el Auto de Vista Nº 354 de 16 de agosto de 2006 cursante a fs. 41, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social, que sigue el recurrente contra el Servicio Nacional de Caminos de la Prefectura de Caminos de Santa Cruz, la respuesta de fs. 83-85, el auto que concede el recurso de fs. 86, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió el Auto de 15 de junio de 2005 (fs. 16), declarando improbada la excepción previa de incompetencia de fs. 42-46 del expediente original, disponiendo la prosecución del proceso conforme la disposición de los arts. 137 siguientes del Cód. Proc. Trab.

En grado de apelación formulada por el representante del Servicio Prefectural de Caminos Santa Cruz (fs. 173-175), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por Auto de Vista Nº 354 de 16 de agosto de 2006 cursante a fs. 41, revoca lo dispuesto en el Auto de 15 de junio de 2005 de fs. 16 del cuaderno de apelación que corresponde a fs. 154 del original, y declara probada la excepción de incompetencia en el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social, pudiendo el demandante llevar sus reclamos a la vía jerárquica y a la Superintendencia del Sector.

Que contra la resolución de vista el apoderado del demandante Florencio Solano López, interpone el recurso de casación en el fondo de fs. 63-64, invocando el amparo de los arts. 250 y 255-2) del Cód. Pdto. Civ., solicita la casación del auto de vista recurrido y que en aplicación de las leyes conculcadas se declare la competencia del Juez Laboral para la tramitación de la presente causa.

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Criterio

Que sin embargo de la circunstancia anotada, el tribunal de alzada dio lugar a la tramitación y concesión del recurso, por auto de 27 de septiembre de 2006 de fs. 86, cuando debió rechazar el mismo declarando ejecutoriada la resolución recurrida conforme la previsión del art. 262 -1) del Cód. Pdto. Civ., antes citado, omisión que conlleva la nulidad del proceso haciendo aplicable la disposición contenida en el art. 252 del Cód. Pdto. Civ.

Datos del proceso

Demandante
Florencio Solano López
Demandado
Servicio Nacional de Caminos
Magistrado relator
Jorge Isaac Von Borries Méndez

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado
Tribunal Supremo de Justicia16 de diciembre de 2010AS/0686/2010Fuente oficial