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TSJ

AS/0686/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
21 de septiembre de 2022Civil
Proceso
Mejor derecho propietario y reivindicación
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 686/2022-RA

Fecha: 21 de septiembre de 2022

Expediente: LP-100-22-S.

Partes: Felicidad Alarcón Monrroy Vda. de Cusicanqui c/ Asunta Flores Monrroy.

Proceso: Mejor derecho propietario y reivindicación.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 1853 a 1862, interpuesto por Teófilo Gregorio Vallejos Cari, Jhorvi Rodrigo, Tania Vanesa y Dimelsa Yashira todos Vallejos Flores en su calidad de herederos de Asunta Flores Monrroy contra el Auto de Vista N° 280/2020 de 11 de septiembre de fs. 1783 a 1786 vta., y Auto complementario de 22 de abril de 2022 de fs. 1840, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de mejor derecho propietario y reivindicación seguido por Felicidad Alarcón Monrroy Vda. de Cusicanqui contra Asunta Flores Monrroy; el Auto de concesión de 01 de agosto de 2022 a fs. 1884; todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Felicidad Alarcón Monrroy Vda. de Cusicanqui, mediante memorial de fs. 23 a 24 vta., inició demanda ordinaria de mejor derecho propietario y reivindicación contra Asunta Flores Monrroy, quien una vez citada por escrito de fs. 338 a 340 opuso excepciones, asimismo por memorial de fs. 347 a 349, subsanado de fs. 353 a 354 respondió negativamente la demanda y reconvino por pago de daños y perjuicios; desarrollándose de esa manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 464/2019 de 10 de julio de fs. 549 a 554, por la que el Juez Público en lo Civil y Comercial 2° de la ciudad de La Paz declaró PROBADA en parte la demanda de reivindicación, IMPROBADA la demanda de mejor derecho propietario e IMPROBADA la demanda reconvencional de pago de daños y perjuicios.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Asunta Flores Monrroy por memorial de fs. 566 a 569, motivó que Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emita el Auto de Vista N° 280/2020 de 11 de septiembre de fs. 1783 a 1786 vta., por el cual CONFIRMÓ la Sentencia y mediante Auto de 22 de abril de 2022 visible a fs. 1840, se declaró no ha lugar a la solicitud de aclaración, enmienda y complementación.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Teófilo Gregorio Vallejos Cari, Jhorvi Rodrigo, Tania Vanesa y Dimelsa Yashira todos Vallejos Flores en su calidad de herederos de Asunta Flores Monrroy, según escrito cursante de fs. 1853 a 1862; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

Mostrando 16 de 32 parrafos.

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Datos del proceso

Demandante
Felicidad Alarcón Monroy Vda. de Cusicanqui
Demandado
Asunta Flores Monroy
Proceso
Mejor derecho propietario y reivindicación
Tribunal Supremo de Justicia21 de septiembre de 2022AS/0686/2022-RAFuente oficial