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TSJ

AS/0695/2024

Tribunal Supremo de Justicia
28 de agosto de 2024Social 1eraMag. Nuria Gisela Gonzales Romero
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 695

Sucre, 28 de agosto de 2024

Expediente: 456-2024

Demandante: Luis Miguel Villegas Pérez

Demandado: Empresa Unipersonal MMB SECURITY

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Cochabamba

Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero

VISTOS: El recurso de casación de fs. 105 a 108, interpuesto por la Empresa Unipersonal MMB SECURITY, representada por Alex Josip Enriquez Kuscevic, contra el Auto de Vista Nº 214/2023 de 27 de noviembre, de fs. 95 a 98, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de beneficios sociales seguido por Luis Miguel Villegas Pérez, contra la empresa recurrente; el escrito de contestación de fs. 111 a 112; el Auto de 21 de mayo de 2024, de fs. 114, que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio N⁰ 211/2024 de 12 de junio de 2024, de fs. 120; los antecedentes del proceso; y todo lo que fue pertinente analizar:

CONSIDERANDO I

I.1. Antecedentes del proceso

I.1.1. Sentencia

Tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social Quinto del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la Sentencia de 14 de febrero de 2022, por la que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 3 a 5 conminando a la Empresa Unipersonal MMB SECURITY representada legalmente por Alex Josip Enriquez Kuscevic, pagar a Luis Miguel Villegas Pérez, por concepto de beneficios sociales bajo el sueldo promedio indemnizable de Bs.2.900, beneficios desglosados de la siguiente manera: Inmdemnización por cuatro años, tres meses y tres días; Bs.14.596,64; desahucio Bs.8.700; vacación cinco días Bs. 483,30; bono de antigüedad del 21 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018 Bs.4.894,8; multa segundo aguinaldo gestiones 2013 y 2015 Bs.5.800; Total Bs.34.474,74, más actualización y ajustes dispuestos por el art. 9 del Decreto Supremo N⁰ 28699, que deberá ser calculado en ejecución de sentencia.

I.1.2. Auto de Vista

En conocimiento de la Sentencia de 14 de febrero de 2022, a través de memorial de fs. 81 a 83, la Empresa Unipersonal MMB SECURITY, representada por Alex Josip Enriquez Kuscevic, interpuso recurso de apelación, que fue resuelto mediante Auto de Vista Nº 214/2023 de 27 de noviembre, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que REVOCÓ parcialmente la Sentencia de 14 de febrero de 2022, sin costas y costos en segunda instancia, bajo la siguiente liquidación:

Salario promedio indemnizable Bs.2.900.-

Indemnización por tiempo de servicios

9 años, 3 meses y 3 días

Bs.12.349,17

Desahucio

Bs. 8.700,00

Vacaciones 5 días

Bs. 483,30,

Bono antigüedad

Bs. 4.894,8

Multa segundo aguinaldo gestiones 2013 y 2015

Bs. 5.800,00

MONTO TOTAL A CANCELAR

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Datos del proceso

Demandante
Luis Miguel Villegas Pérez
Demandado
Empresa Unipersonal MMB SECURITY
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Nuria Gisela Gonzales Romero
Tribunal Supremo de Justicia28 de agosto de 2024AS/0695/2024Fuente oficial