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TSJ

AS/0696/2010

Tribunal Supremo de Justicia
21 de diciembre de 2010Penal IMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Prevaricato. (Declara No Ha Lugar)
Sala
Penal I
Año
2010

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 696 Sucre, 21 de diciembre de 2010

DISTRITO: Chuquisaca

PARTES: Fiscal General y Otros c/Gonzalo Castellanos Trigo y Otro

DELITO: Prevaricato. (Declara No Ha Lugar)

VISTOS:la solicitud de complementación y enmienda de fojas 92 a 93 presentado por Dante Romay Ortega, Fiscal General que acciona en suplencia legal, con relación al Auto Supremo Nº 615 de 7 de diciembre de 2010 cursante de fojas 85 a 87, los antecedentes; y,

CONSIDERANDO: que del contenido del memorial de fojas 92 a 93, se desprende que no se habría determinado cual la situación procesal de los actos investigativos y jurisdiccionales realizados en autos, citando los artículos 13 del Código de Procedimiento Civil y 46 del Código de Procedimiento Penal, al finalizar pide se dé cumplimiento a las normas invocadas, así como el pronunciamiento sobre los actos investigativos y procesales en la etapa preparatoria.

Que, de un análisis del petitorio fiscal se concluye que tiene apreciación humana y no jurídica siendo errónea por no tener relación con las particularidades del caso materia de autos. Es más, el Auto Supremo Nº 615 de 7 de diciembre de 2010 (fojas 85 a 87), cuya complementación y enmienda solicita el Fiscal General (s.l.), ha sido pronunciado resolviendo precisamente los puntos reclamados, cuyo fundamento se encuentra ampliamente explicitado en la "ratio decidendi" del Auto Supremo Nº 615 de 07/12/2010, referida básicamente a los puntos reclamados en el memorial de fojas 92 a 93. Y, estando claros los alcances del Auto Supremo, corresponde su cumplimiento evitando caer en obstrucción o denegación de justicia.

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Criterio

Que, de un análisis del petitorio fiscal se concluye que tiene apreciación humana y no jurídica siendo errónea por no tener relación con las particularidades del caso materia de autos. Es más, el Auto Supremo Nº 615 de 7 de diciembre de 2010 (fojas 85 a 87), cuya complementación y enmienda solicita el Fiscal General (s.l.), ha sido pronunciado resolviendo precisamente los puntos reclamados, cuyo fundamento se encuentra ampliamente explicitado en la "ratio decidendi" del Auto Supremo Nº 615 de 07/12/2010, referida básicamente a los puntos reclamados en el memorial de fojas 92 a 93. Y, estando claros los alcances del Auto Supremo, corresponde su cumplimiento evitando caer en obstrucción o denegación de justicia.

Datos del proceso

Demandante
Fiscal General y Otros
Demandado
Gonzalo Castellanos Trigo y Otro
Proceso
Prevaricato. (Declara No Ha Lugar)
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Enmienda complementación y aclaración / No ha lugar o no procede
Tribunal Supremo de Justicia21 de diciembre de 2010AS/0696/2010Fuente oficial