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TSJ

AS/0697/2016-RA

Tribunal Supremo de Justicia
27 de junio de 2016CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Reconocimiento de Unión Conyugal Libre o de Hecho Ruptura
Sala
Civil
Año
2016

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CIVIL

Auto Supremo: 697/2016-RA

Sucre: 27 de junio 2016

Expediente: CB-56-16-S

Partes: Margarita Corrales Balderrama. c/Johnny Christian Aldunate Zurita

Proceso: Reconocimiento de Unión Conyugal Libre o de Hecho Ruptura

Unilateral.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 983 a 984, formalizado por Johnny Christian Aldunate Zurita (demandado), contra el Auto de Vista Nº 37/2016 de fecha 21 de abril de 2016 que cursa de fs. 975 a 977 y vta., pronunciado por la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de Reconocimiento de Unión Conyugal Libre o de Hecho Ruptura Unilateral seguido por Margarita Corrales Balderrama en contra de Johnny Christian Aldunate Zurita, la contestación de fs. 988 vta., el Auto de concesión de fs. 990, los antecedentes del proceso, y:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

En base a la demanda de Reconocimiento de Unión Conyugal Libre o de Hecho Ruptura Unilateral, se inicia el proceso desarrollándose hasta dictarse Sentencia de fecha 10 de octubre de 2014, cursante de fs. 637 a 641, que declara PROBADA la demanda de fs. 28-30, probada la acción reconvencional con referencia al Reconocimiento de Unión Conyugal Libre o de Hecho, en consecuencia: Se reconoce la Unión Conyugal Libre o de Hecho de Johnny Christian Aldunate Zurita y Margarita Corrales Balderrama con los efectos compatibles del matrimonio, desde el año de 2007 hasta el 30 de octubre de 2013. A mayor abundamiento se declara la ruptura de la unión libre por culpa del demandado, desde el 30 de octubre de 2013. Se otorga la guarda de los menores kamir y Sharem Aldunate Corrales a favor de la madre, fijándose Asistencia Familiar en la suma de Bs. 2.200, que deberá cancelar el demandado Johnny Christian Aldunate Zurita, desde su citación legal. Sobre la ganancialidad se reserva su consideración para ejecución de Sentencia previa acreditación de los mismos. Sin costas al ser juicio doble.

Fallo de primera instancia, a su vez es recurrido de apelación por Johnny Christian Aldunate Zurita (demandado), por memorial de fs. 799 a 801, como consecuencia de ello se pronuncia el Auto de Vista Nº 37/2016 de fecha 21 de abril de 2016 que cursa de fs. 975 a 977 vta., que confirma la Sentencia impugnada, fallo que a su vez es recurrido de casación.

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Datos del proceso

Demandante
Margarita Corrales Balderrama.
Demandado
Johnny Christian Aldunate Zurita
Proceso
Reconocimiento de Unión Conyugal Libre o de Hecho Ruptura
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia27 de junio de 2016AS/0697/2016-RAFuente oficial