Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 702
Sucre, 1 de diciembre de 2021
Expediente : 473/2021-S
Demandante : Nabor Paniagua Camacho
Demandado : Empresa ECO VAPOR
Proceso : Beneficios Sociales
Departamento : Santa Cruz
Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 188 a 189, interpuesto por Lucio Camacho Bautista, representante legal de la Empresa ECO VAPOR, contra el Auto de Vista Nº 34/2021 de 16 de abril, de fs. 176 a 180, emitido por la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por Nabor Paniagua Camacho contra la Empresa recurrente; el Auto N° 64 de 29 de junio de 2021, que concedió el recurso, de fs. 193; el Auto de 19 de agosto de 2021, que admitió el recurso, de fs. 201, los antecedentes del proceso y todo lo que fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia:
Tramitado el proceso, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz de la Sierra, emitió la Sentencia Nº 39 de 27 de noviembre de 2019, de fs. 141 a 145, declarando PROBADA en parte la demanda de pago de beneficios sociales, de fs. 15 a 17; disponiendo que la parte demandada cancele a favor de la actora, la suma de Bs31.505,01.- (Treinta y un mil quinientos cinco 01/100 Bolivianos), por concepto de indemnización, aguinaldo, vacación, sueldo devengado, bono de antigüedad, incremento salarial retroactivo de la gestión 2016, más multa del 30 % conforme establece el DS Nº 28699; e IMPROBADA respecto a la causal de la extinción de la relación laboral y pago de subsidios.
Auto de Vista:
En grado de Apelación, promovido por ambas partes mediante memoriales de fs. 154 a 155 y de fs. 158 a 162; mediante Auto de Vista Nº 34/2021 de 16 de abril, de fs. 176 a 180, emitido por la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, se CONFIRMÓ en todas sus partes la Sentencia Nº 39 de 27 de noviembre de 2019, de fs. 141 a 145.
II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
Recurso de casación
Contra el referido Auto de Vista, Lucio Camacho Bautista, representante legal de la Empresa ECO VAPOR, interpuso recurso de casación, conforme lo siguiente:
Argumentó que, el Auto de Vista recurrido no se circunscribe a los puntos resueltos por el inferior que hubiesen sido objeto de apelación y fundamentación; evidenciándose ello en razón a que, el Tribunal de alzada, no se ha circunscrito a sustanciar la expresión de agravios formulados mediante el recurso de apelación en los siguientes puntos:
1.- Se reclamó que la Sentencia no observó que el demandante usurpo funciones que no le correspondían y que producto de ello causó daños materiales que son corroborados con Informe de IMCRUZ de 5 de diciembre de 2018; por lo que, producto de ello, se tiene que causó un daño económico a la Empresa.
2.- En la parte probatoria, la parte demandante no aportó prueba alguna que le sirva para desmentir, disminuir o destruir la pretensión de la parte demandada, así como el demandante, ingresó a trabajar con otro nombre, llegando incluso en estado de ebriedad faltando el respeto al personal de trabajo al propio empleador, como se demuestra en las fotos adjuntas al proceso.
Petitorio:
Solicitó que se conceda el recurso de casación presentado contra el Auto de Vista Nº 34/2021 de 16 de abril, de fs. 176 a 180, emitido por la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, y se anulen obrados, dejando sin efecto el mismo.
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