Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 702/2022-RA
Fecha: 26 de septiembre de 2022
Expediente: LP-99-22-S
Partes: Félix Reynaldo Segurondo Flores c/ Lesly Acosta Aguilar.
Proceso: División y partición de bienes gananciales.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1347 a 1351 vta., interpuesto por Lesly Acosta Aguilar, contra el Auto de Vista N° SF-261/2022 de 07 de junio, cursante de fs. 1340 a 1344 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales, seguido por Félix Reynaldo Segurondo Flores contra la recurrente; la contestación visible de fs. 1354 a 1357 vta., el Auto de concesión de 29 de agosto de 2022, obrante a fs. 1359, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Félix Reynaldo Segurondo Flores por escrito de fs. 73 a 77, subsanado a fs. 80, inició proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales contra Lesly Acosta Aguilar, quien una vez citada, mediante memorial de fs. 117 a 121 vta., subsanado a fs. 123, respondió y planteó excepción de proceso pendiente; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 109/2021 de 05 de marzo, que sale de fs. 1283 a 1295 vta., en la que el Juez Público de Familia 5º de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda principal y mediante el Auto de complementación y enmienda de 8 de abril de 2021, corriente a fs. 1301 y vta., se procedió a la corrección numérica en la parte resolutiva, y a través de los Autos de 12 y 28 de abril de 2021, visibles a fs. 1303 y de fs. 1307 a 1308, se desestimó las solicitudes de enmienda y complementación.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Lesly Acosta Aguilar, según memorial saliente de fs. 1309 a 1312 vta., y Reynaldo Segurondo Flores, mediante escrito de fs. 1323 a 1325, originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº SF-261/2022 de 07 de junio, corriente en fs. 1340 a 1344 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia de fs. 1283 a 1295, y los Autos de 08, 12 y 28 de abril de 2022, visibles a fs. 1299, fs.1301 y vta., y de fs. 1307 a 1308.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Lesly Acosta Aguilar, mediante memorial de fs. 1347 a 1351 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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