Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 707/2021-RA
Fecha: 05 de agosto de 2021
Expediente: CH-45-21-S
Partes: Néstor Félix Villalobos Cáceres c/ Lourdes, Elizabeth Rosalía y David todos
Villalobos Cáceres, José Severo Villalobos Pacheco y Wara Margarita
Fortun Villalobos.
Proceso: Nulidad de documento.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 419 a 421 vta., interpuesto por Lourdes, David Antonio y Elizabeth, todos Villalobos Cáceres y José Severo Villalobos Pacheco contra el Auto de Vista Nº 146/2021 de 02 de junio, cursante de fs. 406 a 409, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de nulidad de documento seguido por Néstor Félix Villalobos Cáceres contra Wara Margarita Fortun Villalobos y los recurrentes, la contestación cursante de fs. 427 a 429; el Auto de concesión de 28 de julio de 2021, cursante a fs. 435, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 128 a 130, Néstor Félix Villalobos Cáceres, inició proceso ordinario de nulidad de documento; acción que fue dirigida contra Lourdes, Elizabeth Rosalía y David todos Villalobos Cáceres, José Severo Villalobos Pacheco y Wara Margarita Fortun Villalobos, quienes una vez citados, Wara Margarita Villalobos presentó memorial solicitando la extinción de la acción por inactividad procesal según memorial cursante de fs. 138 a 139, asimismo los demás codemandados contestaron negativamente a la demanda y reconvinieron según escrito de fs. 161 a 165; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia N° 28/2021 de 12 de marzo, cursante de fs. 367 a 383, pronunciado por el Juez Público Civil y Comercial 3° de la ciudad de Sucre, que en su parte dispositiva declaró IMPROBADA la demanda principal de nulidad de documento y PROBADAS las demandas reconvencionales.
Ante la solicitud de complementación y enmienda la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca emitió el Auto de 10 de junio de 2021 a fs. 413.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Néstor Félix Villalobos Cáceres representado por Lourdes Margarita y Ludwing ambos Villalobos Cayo mediante memorial cursante de fs. 387 a 389 vta., de obrados; la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista Nº 146/2021 de 02 de junio, cursante de fs. 406 a 409, REVOCANDO en parte la sentencia apelada y en el fondo dispuso la nulidad parcial de contrato inserto en la Escritura Pública N° 241/2016 respecto a los derechos de Néstor Félix Villalobos Cáceres.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Lourdes, David Antonio y Elizabeth, todos Villalobos Cáceres y José Severo Villalobos Pacheco, según memorial cursante de fs. 419 a 421 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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