Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 709/2016-RA
Sucre: 27 de junio 2016
Expediente: PT-21-16-S
Partes: Sociedad Hotelera BEDELAR Ltda. c/ Celso Vallejo Condo
Proceso: Nulidad de Auto Definitivo de Declaratoria de Herederos y Reconocimiento de Propiedad.
Distrito: Potosí.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 217 a 218 vta., formulado por la Sociedad Hotelera BEDELAR Ltda., a través de su representante legal Rodolfo Becerra de la Roca (demandante), contra el Auto de Vista Nº 63/2016 de 22 de abril de 2016, de fs. 213 a 215 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, en el proceso de Nulidad de Auto Definitivo de Declaratoria de Herederos y Reconocimiento de Propiedad seguido por la Sociedad Hotelera BEDELAR Ltda., en contra de Celso Vallejo Condo; la contestación de fs. 221 a 222, el Auto de concesión de fs. 224, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
En base a la demanda de Nulidad de Auto Definitivo de Declaratoria de Herederos y Reconocimiento de Propiedad, se inicia el proceso, desarrollándose hasta pronunciarse Sentencia Nº 61/2015 de fecha 31 de octubre de 2015, cursante de fs. 187 a 191, que declara IMPROBADA la demanda de Nulidad de Auto Definitivo de Declaratoria de Herederos y Reconocimiento de Propiedad interpuesta de fs. 5 a 8 por los representantes de la Sociedad Hotelera BEDELAR Ltda. Sin lugar al reconocimiento de derecho de propiedad de los fundos agrícolas referidos en dicha demanda.
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