Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 713/2019-RA.
Fecha: 29 de julio de 2019
Expediente: SC-87-19-S.
Partes: Miroslava Mariela Duabyakosky Montaño c/ Mario Suárez Sejas.
Proceso: Mejor derecho propietario, reivindicación, nulidad de adjudicación y
cancelación en Derechos Reales.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 556 a 564, presentado por Mario Suárez Sejas, impugnando el Auto de Vista Nº 160/2018 de 26 de septiembre, por la Sala Civil y Comercial Cuarta, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 549 a 552) en el proceso de nulidad absoluta de mejor derecho propietario, reivindicación, nulidad de adjudicación y cancelación en Derechos Reales, seguido por Miroslava Mariela Duabyakosky Montaño contra el recurrente, Auto de concesión de 01 de julio de 2019 cursante a fs. 578; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Miroslava Mariela Duabyakosky Montaño demandó a Mario Suárez Sejas mediante memorial de fs. 39 a 43 modificando y adecuándolo de fs. 396 a 401, por mejor derecho propietario, desocupación, entrega, cancelación de la matrícula en Derechos Reales, daños y perjuicios, apersonándose contestó negativamente el demandado mediante memoriales de fs. 61 a 63 y de fs. 442 a 443, oponiendo la excepción de incompetencia y la extinción de la acción por inactividad.
Tramitado el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia N° 14/2017 de 31 de octubre, pronunciada por el Juez Público, Civil y de Partido del Trabajo y de Seguridad Social de Puerto Suárez de la Provincia Germán Busch del departamento de Santa Cruz, cursante de fs. 517 a 526, que declaró PROBADA la demanda de fs. 39 a 42 modificada y adecuada de fs. 396 a 401, interpuesta por Miroslava Mariela Duabyakosky Montaño en contra de Mario Suárez Sejas e IMPROBADA la demanda reconvencional sobre acción negatoria, nulidad de escritura pública y cancelación de partida, formulada por el demandado contra la demandante.
Resolución de primera instancia que generó la apelación del demandado mediante escrito de fs. 530 a 532.
2. La Sala Civil y Comercial Cuarta, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz mediante el Auto de Vista Nº 160/2018 de 26 de septiembre, que CONFIRMÓ totalmente la Sentencia N° 14/2017 de 31 de octubre.
3. Resolución de segunda instancia que fue recurrida en casación por el demandado Mario Suárez Sejas, mediante memorial de fs. 556 a 564, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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