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TSJReiteradora

AS/0714/2019

Tribunal Supremo de Justicia
29 de noviembre de 2019Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado / Carencia recursiva

El recurrente alega error de hecho en la valoración de la prueba, concretamente de la confesión, toda vez que no se valoraron correctamente sus respuestas, siendo que el auto de vista impugnado, es citra petita, en el punto 3.4, cuando indica que “con relación a la confesión judicial y al cuaderno a...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 2da
Año
2019

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 714/2019

Sucre, 29 de noviembre de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 120/2019

Distrito: Tarija

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS:

El recurso de nulidad o de casación en el fondo de fojas 142 a 144 vlta., interpuesto por la demandada Blanca Amanda Cruz Durán de Vargas, dentro del proceso social de pago de Beneficios Sociales seguido por Juan de Dios López contra Carpintería y Carrocería Tunari, representada por Blanca Amanda Cruz Durán de Vargas, el Auto Nº 17/2019 de 29 de marzo que concedió el recurso, el Auto Nº 120/2019 - A de 16 de abril que admitió el recurso, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

I.- Antecedentes del proceso.

I.1.- Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de Tarija, emitió la Sentencia de 17 de septiembre de 2012 (fojas 96 a 98), declarando PROBADA en parte la demanda de pago de Beneficios Sociales de fs. 10 a 11, de acuerdo a los siguientes conceptos y montos:

Fecha de Ingreso: 02/10/2006

Fecha de Retiro: 31/07/2011

Tiempo de Trabajo: 4 años, 10 meses y 28 días.

SUELDO PROMEDIO INDEMINIZABLE Bs. 2.000,-

INDEMINIZACION Bs. 9.822,21

AGUINALDO Bs. 2.333,33

VACACIONES Bs. 2.000,-

SUELDO DEVENGADO (JUL/2011) Bs. 1.200,-

TOTAL……………………………………. Bs. 15.355,54

I.2.- Auto de Vista.

Deducido recurso de apelación por la parte demandada, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante Auto de Vista Nº 40/2019 de 13 de febrero (fojas 117 a 120 vlta.), CONFIRMA totalmente la Sentencia apelada de fojas 96 a 98, con costas.

I.3.- RECURSO DE NULIDAD.

El referido Auto de Vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de nulidad o casación en el fondo, el mismo que cursa de fs. 142 a 144 vlta., manifestando, en síntesis:

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CARENCIA RECURSIVA/El recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo estar claramente identificadas las normas legales incumplidas.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

art. 274, parágrafo I numeral 3 del Código Procesal Civil

Tribunal Supremo de Justicia29 de noviembre de 2019AS/0714/2019Fuente oficial