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TSJReiteradora

AS/0719/2019

Tribunal Supremo de Justicia
2 de diciembre de 2019Social 1eraMag. José Antonio Revilla Martinez

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Principios / Verdad material

El recurrente acusó falta de fundamentación en el Auto de Vista, por vulneración de derechos y garantías constitucionales previstos en el art. 115 de la Constitución Política del Estado; toda vez que los Vocales omitieron realizar una fundamentación sobre el particular, respecto del por qué no se co...

Proceso
Reincorporación y otros
Sala
Social 1era
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 719

Sucre, 2 de diciembre de 2019

Expediente             : 172/2019-S

Demandante         : Jenny Guadalupe Zurita Mita

Demandado : Fábrica Nacional de Cemento S.A “FANCESA”

Proceso                   : Reincorporación y otros

Departamento         : Chuquisaca

Magistrado Relator : José Antonio Revilla Martínez

VISTOS: El recurso de casación de fs. 351 a 353, interpuesto por la Fábrica Nacional de Cemento S.A. “FANCESA”, representado a través de los abogados y apoderados David Fernández Molina y David Fernández Arancibia, impugnando el Auto de Vista Nº 223/2019 de 15 de abril de 2019 de fs. 347 a 349, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso laboral de reincorporación, pago de sueldos devengados y otros derechos sociales, seguido por Jenny Guadalupe Zurita Mita, contra la empresa que representan los recurrentes; el Auto de fs. 359 que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo de 27 de mayo de 2019 de fs. 366 de admisión del recurso; los antecedentes del proceso, y:

I. ANTECEDENTES PROCESALES

Sentencia.-

Tramitado el proceso laboral de reincorporación, la Juez de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Sucre, emitió la Sentencia Nº 050/2018 de fecha 29 de junio de 2018 de fs. 309 a 315, declarando PROBADA EN PARTE la demanda interpuesta por Jenny Guadalupe Zurita Mita, contra la Fábrica Nacional de Cemento S.A “FANCESA”, e IMPROBADA LA EXCEPCION DE PAGO, disponiendo la reincorporación a su fuente laboral de la demandante, al mismo cargo en el momento de su desvinculación, más el pago de sus salarios devengados, reintegro, vacación, aguinaldo, bono de antigüedad, derechos de corto y largo plazo, previa juramento de no haber ejercido otra función.

Auto de Vista.-

En grado de apelación deducida por la Fábrica Nacional de Cemento S.A. “FANCESA” de fs. 318 a 323, la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista Nº 223/2019 de 15 de abril de 2019 de fs. 347 a 349, que CONFIRMÓ la sentencia impugnada, sin costas ni costos.

Contra el Auto de Vista, la empresa demandada Fábrica Nacional de Cemento S.A. “FANCESA”, interpuso recurso de casación, habiendo el Tribunal emitido el Auto N° 330/2019 por el que concedió el recurso, a fs. 359, y por Auto Supremo de 27 de mayo de 2019, a fs. 366, se admitió el recurso por este Tribunal.

II: ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Interpuesto el recurso de casación el recurrente solicitó la nulidad del Auto de Vista N° 223/2019 de 15 de abril, en virtud a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:

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Máxima

VERDAD MATERIAL/Corresponde a la realidad, superando cualquier limitación formal que restrinja o distorsione la percepción de los hechos a la persona encargada de juzgar a otro ser humano, o de definir sus derecho y obligaciones, dando lugar a una decisión injusta que no responda a los principios, y valores éticos consagrados en la Norma Suprema de nuestro país, a los que todas las autoridades del Órgano Jurisdiccional y de otras instancias, se encuentran impelidos de dar aplicación, entre ellas, al principio de verdad material, por sobre la limitada verdad formal.

Datos del proceso

Demandante
Jenny Guadalupe Zurita Mita
Demandado
Fábrica Nacional de Cemento S.A “FANCESA”
Proceso
Reincorporación y otros
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez

Precedente

Art. 180-I de la Constitución Política del Estado y art. 158 del Código Procesal del Trabajo

Tribunal Supremo de Justicia2 de diciembre de 2019AS/0719/2019Fuente oficial