Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo Nº: 724/2013
Fecha: Sucre, 11 de diciembre de 2013
Distrito: Cochabamba
Expediente: 103/09
Partes: Ministerio Público y Luís Fernando Rojas Álvarez contra Ronald Severiche Hinojosa
Delito: Lesiones Leves (Art. 271 del Código Penal)
Recurso: Casación
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VISTOS: Los Autos correspondientes al recurso de casación cursante de fs. 130 a 135 vlta, interpuesto por el procesado Ronald Severiche Hinojosa impugnando la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista de 10 de junio de 2009 cursante de fs. 126 a 127 pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público y Luís Fernando Rojas Álvarez por la comisión del delito de Lesiones Leves (Art. 271 del Código Penal); los antecedentes de la causa; y,
CONSIDERANDO I: Que, el Juzgado de Sentencia de la ciudad de Quillacollo pronunció la resolución de grado contenida en la Sentencia de 24 de noviembre de 2008 registrada de fs. 88 a 94, declarando al procesado Ronald Severiche Hinojosa autor y culpable de la comisión del delito de Lesiones Leves (Art. 271 del Código Penal), siéndole impuesta la pena privativa de libertad de un (1) año de reclusión en la Cárcel Pública “San Pablo” de esa ciudad, más la imposición del pago de costas a favor del Estado, daños y perjuicios a favor de la víctima, habiéndose concedido al mismo tiempo el beneficio del perdón judicial a favor del procesado.
Que, la sentencia de grado pronunciada por el tribunal de la causa fue objeto de impugnación por parte del procesado a través del recurso de apelación restringida saliente de fs. 111 a 114 vlta., denunciando la presunta existencia de defectos procesales absolutos e inobservancia o errónea aplicación de la ley penal sustantiva, sin invocar ningún precedente contradictorio en apoyo de su impugnación.
CONSIDERANDO II: Que, previo el trámite del recurso de apelación, el tribunal de alzada constituido en el caso de autos por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba pronunció la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista de 10 de junio de 2009 cursante de fs. 126 a 127 declarando improcedente el recurso de apelación restringida al evidenciarse que el juzgador no incurrió en los defectos acusados por el procesado.
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