Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 727/2023
Sucre, 23 de junio de 2023
EXPLICACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN
Proceso: Chuquisaca 20/2021
I. DATOS GENERALES
Por memorial presentado el 22 de junio de 2023, José Luis Arancibia Arancibia, solicita explicación y complementación del Auto Supremo 1160/2022-RRC de 12 de septiembre, que declaró infundado el recurso de casación interpuesto por el recurrente, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de Violación y Abuso Sexual, previstos y sancionados por los arts. 308 y 312 del Código Penal (CP), respectivamente.
II. MOTIVO DE LA SOLICITUD
El impetrante solicita explicación y complementación, argumentando lo siguiente:
“En el penúltimo párrafo que precede al POR TANTO del Auto Supremo ya referido, sus probidades con relación a mi reclamo (defecto de la sentencia en el art. 370 núm. 6) del C.P.P.), refieren que ‘…la culpabilidad del imputado no necesariamente se establece sobre la base de la totalidad de las pruebas, sino por la evaluación del conjunto expuesto…’ por un lado, y por otro lado señalan ‘…aclarando además que la sentencia contaría con la debida motivación en la valoración integral de la prueba…’, en ese sentido, pido EXPLICACIÓN respecto a que debido entender por la evaluación del conjunto expuesto, y ACLARACIÓN si la sentencia cuenta o no con la debida motivación en la valoración integral de la prueba” (sic).
III. ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD
III.1. Requisitos.
El primer párrafo del art. 125 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al hacer referencia a la Explicación, Complementación y Enmienda, señala que: “El juez o tribunal de oficio podrá aclarar las expresiones oscuras, suplir alguna omisión o corregir cualquier error material o de hecho, contenidos en sus actuaciones y resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas.”; concediendo la citada norma la facultad a las partes de plantear una solicitud encaminada a ese fin, dentro del primer día hábil posterior a su notificación.
Mostrando 14 de 28 parrafos.