Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 734
Sucre, 02 de diciembre de 2019
Expediente : 197/2019-C
Demandante : Sociedad Comercial e Industrial “HANSA LTDA.”
representada por Patricio Guillermo Kyllmann
Diekelmann
Demandado : Empresa Municipal de Servicios de Aseo “EMSA” de
la ciudad de Cochabamba.
Materia: Contencioso
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: La demanda Contenciosa interpuesta por la Sociedad Comercial e Industrial “HANSA LTDA.” a través de su representante legal Patricio Guillermo Kyllmann Diekelmann, en contra de la Empresa Municipal de Servicios de Aseo “EMSA” de fs. 106 a 113 y vta., el Auto 003/2019 de 08 de febrero de 2019 de rechazo de demanda de fs. 118 a 120, el recurso de casación en el fondo de fs. 136 a 144 y vta., el Auto de Concesión de 23 de mayo de 2019 de fs. 145, el Auto de Admisión de 14 de junio de 2019 de fs. 154, y demás antecedentes que cursan en obrados, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO.
Auto de Rechazo
Interpuesta la demanda contenciosa por la Sociedad Comercial e Industrial “HANSA LTDA.” a través de su representante Patricio Guillermo Kyllmann Diekelmann, contra la Empresa Municipal de Servicios de Aseo de la ciudad de Cochabamba “EMSA” cursante a fs. 104 a 113 y vta., mediante proveído de 15 de enero de 2019 de fs. 115 se ordenó la aclaración de la demanda, la que fue aclarada mediante memorial de fs. 117; a cuyo efecto la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto 003/2019 de 08 de febrero de 2019, rechazó la demanda, disponiéndose el archivo de obrados.
Recurso de Casación
Contra la indicada resolución de rechazo de demanda, la Sociedad Comercial e Industrial “HANSA LTDA.” interpuso recurso de casación en el fondo de fs. 136 a 144 y vta.; el cual concedido mediante Auto de 23 de mayo de 2019 de fs. 145, se dispuso su remisión al Tribunal Supremo de Justicia previa notificación de las partes; por Auto de 14 de junio de 2019 de fs. 154 y vta., fue admitido el recurso de casación.
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