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TSJ

AS/0738/2024

Tribunal Supremo de Justicia
28 de agosto de 2024Social 1eraMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 738

Sucre, 28 de agosto de 2024

Expediente: 514-2024

Demandante: Dennis Ysmael Tapia Claros

Demandado: Rubén Arnaldo Rivero Gutiérrez

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Cochabamba

Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 198 a 200, deducido por Rubén Arnaldo Rivero Gutiérrez impugnando el Auto de Vista N° 272/2023 de 15 de diciembre, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fojas 192 a 194 y vuelta), dentro del proceso social de cobro de beneficios sociales, seguido por Dennis Ysmael Tapia Claros, contra el recurrente; el Auto de 4 de junio de 2024 (fojas 205), que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio N° 270/2024 de 2 de julio que admitió el recurso (fojas 212 a 213), los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I.

I.1.Antecedentes del proceso.

Sentencia.

Tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Sexto de Cochabamba, emitió la Sentencia de 29 de agosto de 2022 (fojas 167 a 174), declaró PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 2 a 5 y vuelta; y su correspondiente aclaración de fojas 9 y vuelta, en lo que respecta al pago de indemnización, reintegro del bono de antigüedad, vacaciones, reintegro del incremento salarial gestión 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018, salario devengado noviembre (saldo) y diciembre gestión 2018, aguinaldo de navidad gestión 2018 (saldo), duodécimas de aguinaldo de navidad gestión 2019 (7dias) y segundo aguinaldo de navidad “Esfuerzo por Bolivia” gestión 2018 (doble por incumplimiento en su pago) e IMPROBADA en cuanto al pago de horas extraordinarias, sin costas, en consecuencia se conmina a Rubén Arnaldo Rivero Gutiérrez pague al demandante dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia el monto total de la liquidación detallada a continuación:

Fecha de Ingreso: 28 de febrero de 2011

Fecha de retiro: 07 de enero 2019

Tiempo de servicios: 7 años y 10 meses y 10 días

Salario promedio indemnizable: Bs. 3.010,80

Indemnización: 7 años y 10 meses y 10 días Bs. 23.668,23.-

Bono de Antigüedad: (reintegro) Bs. 12.703,96.-

Vacaciones: Bs. 1.773,36.-

Incremento Salarial: Bs. 9.868,32.-

Gestiones: 2012, 2013, 2014, 2015, 2016,

2017 y 2018 (reintegro)

Salario Devengado: Bs. 3.150,80.-

noviembre 2018: (saldo) Bs. 140.-

diciembre 2019: Bs. 3.010,80.-

Aguinaldo de Navidad: Bs. 198,54.-

Gestión 2018: (saldo) Bs. 140.-

Gestión 2019: (duodécimas 7 días) Bs. 58,54.-

Segundo Aguinaldo de Navidad Esfuerzo por Bolivia Bs. 6.021,60.-

gestión 2018: 6.021,60 (doble por incumplimiento en su pago)

Mostrando 33 de 65 parrafos.

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Datos del proceso

Demandante
Dennis Ysmael Tapia Claros
Demandado
Rubén Arnaldo Rivero Gutiérrez
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia28 de agosto de 2024AS/0738/2024Fuente oficial