Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 741
Sucre, 28 de agosto de 2024
Expediente: 544-2024
Demandante: Giovanna Marlene Rocha Valles
Demandado: Asunta Margot Bustamante Ocaña
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 105 a 108, deducido por Rodrigo Fuentes Rocha, en representación legal de Giovanna Marlene Rocha Valles, en virtud a Escritura de Poder Nº 752 de 12 de abril de 2024, otorgado ante Notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía (fojas 100 a 104); impugnando el Auto de Vista N° 75/2024 de 7 de junio, emitido por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro (fojas 94 a 98 y vuelta), dentro del proceso social de cobro de beneficios sociales y derechos laborales, seguido por Giovanna Marlene Rocha Valles contra Asunta Margot Bustamante Ocaña; el memorial de contestación de fojas 111 a 112; el Auto de 5 de julio de 2024 (fojas 113), que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio Nº 300/2024 de 17 de julio que admitió el recurso (fojas 119 a 120), los antecedentes del proceso y, todo en cuanto fue pertinente analizar;
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.
Tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social y Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió la Sentencia Nº 113/2023 de 31 de agosto de 2023 (fojas 54 a 61), declarando CON LUGAR y PROBADA la demanda de fojas 6 a 7 y vuelta, subsanada por memorial de 16 de agosto de 2022 de fojas 11 a 12 y vuelta.
En consecuencia, dispuso que la demandada, Asunta Margot Bustamante Ocaña, pague, a favor del demandante, los beneficios sociales y derechos que corresponden, de acuerdo con la siguiente liquidación:
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 3.500,00
Tiempo de trabajo: 6 años, 8 meses y 16 días
Desahucio: Bs. 10.500,00
Indemnización por tiempo de servicios: Bs. 23.488,00
Vacaciones: Bs. 12.718,57
SUMA TOTAL ABONABLE: Bs. 50.206,57
Dispuso, asimismo, que el monto determinado deberá ser actualizado, así como se deberá añadir la multa del 30% en ejecución de sentencia, conforme dispone el artículo 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.
I.2. Auto de Vista.
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 75/2024 de 7 de junio (fojas 94 a 98 y vuelta), la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, REVOCÓ TOTALMENTE la Sentencia Nº 113/2023 de 31 de agosto (fojas 54 a 61), declarando IMPROBADA la demanda de fojas 6 a 7 y vuelta, subsanada por memorial de fojas 11 a 12 y vuelta.
I.3 Motivos del recurso de casación.
Contra el referido auto de vista, Rodrigo Fuentes Rocha, en representación legal de Giovanna Marlene Rocha Valles, interpuso el recurso de casación de fojas 105 a 108, en el que expresó lo siguiente:
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