Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 748
Sucre, 13 de diciembre de 2018
Expediente : 413/2017
Demandante : Jorge Cordero Paz
Demandado : La Agencia Despachante de Aduana Oriental S.R.L.
Proceso : Pago de beneficios sociales
Distrito : La Paz
Magistrado Relator : Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 268 a 269, interpuesto por la Agencia Despachante de Aduana (ADA) Oriental S.R.L., representada legalmente por Juan Delfín Quinteros Conde, contra el Auto de Vista N° 75/17 de 13 de abril de 2017, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 265 a 266; dentro del proceso de pago de beneficios sociales interpuesto por Jorge Cordero Paz, a través de su apoderado Tito Alejandro Díaz Suarez contra la ADA recurrente; el Auto Nº 217/17 de 4 de agosto de 2014, que concedió el recurso (fs. 271); el Auto Supremo Nº 413-A de 12 de septiembre de 2017, por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto4 (fs. 280), los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia.
Planteada la demanda social de pago de pago de beneficios sociales por Jorge Cordero Paz, por medio de su apoderado Tito Alejandro Díaz Suarez, y tramitado el proceso, la Juez Sexta del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 194/2015 de 23 de octubre, de fs. 244 a 250, declarando probada en parte la demanda interpuesta, de fs. 6 a 7, subsanada a fs. 10 y 12; disponiendo que la ADA demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs.23.283,32.- (veintitrés doscientos ochenta y tres 32/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales y derechos laborales, detallado en dicho fallo.
Auto de Vista.
En conocimiento de la Sentencia, la ADA Oriental S.R.L., a través de su representante Juan Delfín Quinteros Conde, interpuso recurso de apelación, a fs. 253; que fue resuelto por el Auto de Vista N° 75/17 de 13 de abril de 2017, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 265 a 266, confirmando la Sentencia emitida en primera instancia.
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