Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 749/2024-RA
Fecha: 15 de julio de 2024
Expediente: PT-18-24-S
Partes: Sulam Katheryn y Joel Eduards, ambos Quintanilla Noguera representados por Soledad Condori Loayza c/ María Teresa y Miguel Ángel, ambos Fernández Zamudio, litisconsorcio necesario Guillermo David Quintanilla Yabeta representado por Felicidad Betty Torres Córdova y María Elizabeth Gutiérrez Rivera.
Proceso: Reivindicación de bien inmueble y pago de daños y perjucios.
Distrito: Potosí.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 376 a 379, interpuesto por Sulam Katheryn y Joel Eduards, ambos Quintanilla Noguera, contra el Auto de Vista Nº 65/2024, de 06 de mayo, corriente de fs. 360 a 374 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso ordinario de reivindicación de bien inmueble y pago de daños y perjuicios, seguido por Sulam Katheryn y Joel Eduards, ambos Quintanilla Noguera representados por Soledad Condori Loayza contra María Teresa y Miguel Ángel, ambos Fernández Zamudio, litisconsorcio necesario Guillermo David Quintanilla Yabeta representado por Felicidad Betty Torres Córdova y María Elizabeth Gutierrez Rivera; el Auto de concesión de 12 de julio de 2024, visible a fs. 385 vta., todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Sulam Katheryn y Joel Eduards, ambos Quintanilla Noguera, representados por Raúl Noguera Pereira por memorial de demanda que discurre de fs. 12 a 15, subsanado por escrito a fs. 19, promovieron proceso ordinario de reivindicación de bien inmueble y pago de daños y perjuicios, contra María Teresa y Miguel Ángel, ambos Fernández Zamudio; quienes una vez citados, fueron declarados rebeldes mediante Auto de 27 de julio de 2018, visible a fs. 26, habiendo solicitado el rechazo de la demanda por memorial de fs. 74 a 75, se levantó la declaratoria de rebeldía de los demandados por Auto de 17 de agosto de 2018, que corre a fs. 109; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 10/2019, de 27 de marzo, cursante de fs. 246 vta. a 251 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 1° de la ciudad de Potosí, declaró PROBADA la demanda principal de reivindicación de bien inmueble, sin lugar a la condenación de daños y perjuicios.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Guillermo David Quintanilla Yabeta, a través de sus representantes Felicidad Betty Torres Córdova y María Elizabeth Gutiérrez Rivera, según memorial de fs. 259 a 265 y María Teresa, Miguel Ángel, ambos Fernández Zamudio, por escrito de fs. 267 a 271 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, emita el Auto de Vista Nº 65/2024, de 06 de mayo, saliente de fs. 360 a 374 vta., que REVOCÓ la Sentencia N° 10/2019, de 27 de marzo.
3. Fallo de segunda instancia recurrida en casación por Sulam Katheryn y Joel Eduards, ambos Quintanilla Noguera representados por Soledad Condori Loayza, mediante escrito obrante de fs. 376 a 379, que es objeto de análisis para su admisión.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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