Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 755/2019
Sucre, 29 de noviembre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 74/2019
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: Los recursos de casación en el fondo de fs. 2491 a 2495 vta., interpuesto por Luis Fernando Gamez Yaffar en representación legal de Sociedad Industrial y Comercial “La Francesa S.A.”, y el de fs. 2501 a 2505, planteado por Luis Fernando Spiaggi Garvizu, impugnando el Auto de Vista Nº 131/2018 de 2 de octubre, cursante de fs. 2483 a 2487, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Luis Fernando Spiaggi Garvizu contra la empresa “La Francesa S.A.”; el auto cursante a fs. 2508 que concedió ambos recursos; el Auto Supremo Nº 76/2019-A de 13 de marzo, que declaró admisible ambos recursos de casación, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso.
I.1.1. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral por pago de beneficios sociales, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Tercero de Cochabamba, pronunció la Sentencia N° 2/2015 de 8 de enero de 2015, que declaró probada en parte la demanda de fs. 13 a 16, aclarada a fs. 19 a 20 vta., modificada y reformulada a fs. 23 a 27 y probada parcialmente la excepción perentoria de pago, disponiendo que la parte demandada cancele la suma total de Bs. 39.094,90.- a favor del actor, por los siguientes conceptos:
Tiempo de servicios: 1 año, 11 meses y 24 días.
Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 6.170,95
Indemnización:Bs. 12.239,05
Horas extras :Bs. 20.596,31
Feriados (3 días):Bs. 1.234,19
Prima Gestión 2011-2013:Bs. 13.490,42
Aguinaldo esfuerzo por Bolivia:Bs. 4.113,96
Sub total de beneficios sociales:Bs. 54.142,31
Menos pago finiquito:Bs. 15.047,41
TOTAL BENEFICIOS SOCIALES:Bs. 39.094,90
I.1.2. Auto de Vista.
Interpuesto los recursos de apelación de fs. 2457 a 2459, por la parte demandada, y de fs. 2466 a 2468 vta., por el actor, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció el Auto de Vista Nº 131/2018 de 2 de octubre, que confirmó en parte la sentencia apelada, con la siguiente modificación:
Tiempo de servicios: 1 año, 11 meses y 24 días.
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 6.170,95
Indemnización:Bs. 12.239,05
Horas extras:Bs. 57.801,23
Feriados (3 días):Bs. 1.234,19
Primas Gestiones 2011 a 2013:Bs. 13.490,42
Segundo aguinaldo:Bs. 4.113,96
SUB TOTAL:Bs. 88.878,85
Menos pago finiquito :Bs. 15.047,41
TOTAL BENEFICIOS SOCIALES:Bs. 73.831,44
Más el pago de la actualización y multa prevista por el art. 9 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006.
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