Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 757/2022-RA
Fecha: 10 de octubre de 2022
Expediente: SC-73-22-S.
Partes: Ludmila Rodríguez Cotrina c/ Winston Remberto Ortiz Luizaga.
Proceso: Mejor derecho propietario, reivindicación y cancelación de registro.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 195 a 200 vta., presentado por Ludmila Rodríguez Cotrina, impugnando el Auto de Vista de 28 de junio de 2022, visible de fs. 189 a 192, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de mejor derecho propietario, reivindicación y cancelación de registro, seguido por la recurrente contra Winston Remberto Ortiz Luizaga, la contestación de fs. 204 a 208; el Auto de concesión de 13 de septiembre de 2022, obrante a fs. 209, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Ludmila Rodríguez Cotrina mediante memorial de fs. 59 a 64, reiterado a fs. 68, inició proceso de Mejor derecho propietario, reivindicación y cancelación de registro contra Winston Remberto Ortiz Luizaga, quien una vez citado, mediante su representante Hernan Hiza Rivera y Juan Ramón Clouzet Méndez contestó negativamente; desarrollándose de esa manera la causa, donde el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal 1° de la Guardia – Santa Cruz, emitió la Sentencia de 113/2021 de 19 de julio, de fs. 160 a 163, en la que declaró PROBADA la demanda.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Winston Remberto Ortiz Luizaga representado legalmente por Hernán Hiza Ribera y Juan Ramón Clouzet Méndez, mediante escrito que sale de fs. 166 a 171, originó que la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista de 28 de junio de 2022, cursante de fs. 189 a 192, mediante el cual REVOCÓ la sentencia apelada y, en consecuencia, declaró IMPROBADA la demanda interpuesta por Ludmila Rodríguez Cotrina, con costas.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Ludmila Rodríguez Cotrina según memorial de fs. 195 a 200 vta., que es objeto de análisis en cuanto su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN.
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