Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 758/2019-RA.
Fecha: 05 de agosto de 2019
Expediente: CB-58-19-S.
Partes: Elena Mena Rodríguez Vda. de Bernal c/ Sandro Colque Loza y Enrriquieta
Ramos de Colque.
Proceso: Nulidad de sub inscripción de extensión superficial.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 283 a 287 vta., interpuesto por Sandro Colque Loza y Enrriqueta Ramos de Colque contra el Auto de Vista de 10 de mayo de 2019 cursante de fs. 279 a 280, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro el proceso de nulidad de sub inscripción de extensión superficial, seguido por Elena María Rodríguez Vda. de Bernal contra los recurrentes, la contestación cursante de fs. 290 a 294, el Auto de concesión de 16 de julio de 2019 cursante a fs. 295, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 65 a 67 vta., subsanada a fs. 74 y vta., Elena Mena Rodríguez Vda. de Bernal, inició proceso de nulidad de sub inscripción de extensión superficial, acción dirigida contra Sandro Colque Loza y Enrriquieta Ramos de Colque quienes una vez citados contestaron negativamente y plantearon demanda reconvencional conforme memorial cursante de fs. 110 a 111 vta., desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia de 13 de noviembre de 2017, cursante de fs. 236 a 239, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 1 de Quillacollo-Cochabamba, declaró PROBADA en parte la demanda principal y las excepciones opuestas a la demanda reconvencional e IMPROBADA la acción reconvencional y las excepciones opuestas a la demanda principal.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Sandro Colque Loza y Enrriqueta Ramos de Colque mediante memorial cursante de fs. 244 a 247 vta., la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista de 10 de mayo de 2019 cursante de fs. 279 a 280, ANULANDO obrados hasta fs. 241 inclusive.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Sandro Colque Loza y Enrriqueta Ramos de Colque según memorial cursante de fs. 283 a 287 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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