Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0762/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
8 de agosto de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Nulidad de documento.
Sala
Civil
Año
2018

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 762/2018-RA

Sucre: 08 de agosto de 2018

Expediente: B-17-18-S

Partes: Teresa Tarcila Flores Moisés y Bernardo Ruiz Murillo c/ Cinthia Alpire de Mendoza.

Proceso: Nulidad de documento.

Distrito: Beni.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 170 a 175, interpuesto por Bernardo Ruiz Murillo y Teresa Tarcila Flores Moises contra el Auto de Vista N° 101/2018 de fecha 4 de Junio, cursante de fs. 165 a 167 vta., pronunciado por la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Familiar o Domestica y Publica del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso ordinario de Nulidad de Documento, seguido por los recurrentes contra Cinthia Alpire de Mendoza, la contestación cursante de fs. 179 a 182, el Auto de Concesión de fecha 16 de Julio de 2018 cursante a fs. 184, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. En base a la demanda cursante de fs. 6 a 8 vta., subsanada mediante memorial cursante de fs. 16 a 16 vta., Teresa Tarcila Flores Moises y Bernardo Ruiz Murillo, iniciaron un proceso Ordinario de Nulidad de documento; acción que fue dirigida contra Cinthia Alpire de Mendoza, quien una vez citada, por memorial de fs. 26 a 29 vta. contestó negativamente a la demanda y planteo excepciones; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia Nº 16/2018 de fecha 2 de febrero, cursante de fs. 121 a 126, donde el Juez Publico en lo Civil y Comercial 4º de Trinidad-Beni, declaró PROBADA la demanda Nulidad del documento privado de subrogación de deuda y compromiso de pago, como también el testimonio Nº 193 de fecha 15 de julio por faltar la forma prevista por ley como requisito de validez establecida en el art. 549 núm. 1) del Código Civil e IMPROBADA la nulidad en lo que respecta a la nulidad por ilicitud de la causa y por ilicitud del motivo que impulso a las partes a celebrar el contrato, establecido en el art. 549 núm. 3) del Código Civil.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Cinthia Alpire de Mendoza mediante memorial cursante de fs. 130 a 138 vta.; la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Familiar o Domestica y Publica del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emitió el Auto de Vista N° 101/2018 de fecha 4 de Junio, cursante de fs. 165 a 167 vta. de obrados, REVOCANDO en forma total la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Bernardo Ruiz Murillo y Teresa Tarcila Flores Moises según memorial cursante de fs. 170 a 175 vta. de obrados, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACION

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273, 274 de la mencionada ley.

Mostrando 17 de 33 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Teresa Tarcila Flores Moisés y Bernardo Ruiz Murillo
Demandado
Cinthia Alpire de Mendoza.
Proceso
Nulidad de documento.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia8 de agosto de 2018AS/0762/2018-RAFuente oficial