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TSJ

AS/0762/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
16 de julio de 2024Civil
Proceso
Acción negatoria
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 762/2024-RA

Fecha: 16 de julio de 2024

Expediente: O-43-24-S

Partes: Marcelo Elías Guzmán Camacho c/ Álvaro Gustavo Camacho Espada.

Proceso: Acción negatoria.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 751 a 755, interpuesto por Álvaro Gustavo Camacho Espada, contra el Auto de Vista Nº 248/2024, de 31 de mayo, que corre de fs. 735 a 749 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso ordinario de acción negatoria, seguido por Marcelo Elías Guzmán Camacho contra el recurrente; la contestación de fs. 758 a 761 vta.; el Auto de concesión de 28 de junio de 2024, visible a fs. 763, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Marcelo Elías Guzmán Camacho, mediante escrito que cursa de fs. 173 a 176, subsanado a fs. 208 y vta., fs. 222 y vta. y fs. 414 y vta., planteó demanda de acción negatoria, contra Álvaro Gustavo Camacho Espada; quien una vez citado mediante edicto de fs. 446 a 448; el mismo no respondió, por lo cual se designó abogada de oficio mediante Auto de 14 de junio de 2023, a fs. 499, la misma que se apersonó de fs. 504 y vta.; posteriormente el demandante, mediante memorial saliente de fs. 544 a 547, contestó de manera negativa a la demanda e interpuso excepción de litispendencia, que mereció el Auto de 30 de octubre de 2023, dictado en audiencia preliminar, obrante de fs. 601 a 603, que dispuso improbada la excepción de litispendencia; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 08/2024, de 25 de marzo, saliente de fs. 707 a 714, en la que el Juez Público Civil y Comercial 3 ° de la ciudad de Oruro, declaró IMPROBADA la demanda ordinaria de acción negatoria y la excepción previa de litispendencia.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Marcelo Elías Guzmán Camacho, mediante memorial que corre de fs. 717 a 720 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 248/2024, de 31 de mayo, visible de fs. 735 a 749 vta., que REVOCÓ la Sentencia N° 08/2024, de 25 de marzo, y declaró PROBADA la demanda de acción negatoria.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Álvaro Gustavo Camacho Espada, según escrito visible de fs. 751 a 755, que es objeto de análisis para su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido por el art. 277, con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Marcelo Elías Guzmán Camacho
Demandado
Álvaro Gustavo Camacho Espada
Proceso
Acción negatoria
Tribunal Supremo de Justicia16 de julio de 2024AS/0762/2024-RAFuente oficial