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TSJ

AS/0763/2021-RI

Tribunal Supremo de Justicia
27 de agosto de 2021Civil
Proceso
Comprobación de unión conyugal.
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 763/2021-RI.

Fecha: 27 de agosto de 2021

Expediente: LP-144-21-S.

Partes: Milenka Yustin Camacho Almancy c/ Julia Lipe Cayllagua y Darío Jurado Apaza.

Proceso: Comprobación de unión conyugal.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1272 a 1275 vta., interpuesto por Julia Lipe Cayllagua contra el Auto de Vista Nº S-97/2021 de 01 de abril, cursante de fs. 1264 a 1266 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso comprobación de unión conyugal, seguido por Milenka Yustin Camacho Almancy contra la recurrente y Darío Jurado Apaza, la contestación cursante de fs. 1305 a 1309 vta., el Auto de concesión de 17 de junio de 2021 cursante a fs. 1310, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en la demanda cursante de fs. 75 a 77 vta. subsanada a fs. 104 y vta., Milenka Yustin Camacho Almancy inició un proceso de comprobación de unión conyugal; acción dirigida contra Julia Lipe Cayllagua y Darío Jurado Apaza quienes una vez citados, Julia Lipe Cayllagua mediante memorial cursante de fs. 406 a 414 contestó negativamente a la demanda, y ante el fallecimiento de Darío Jurado Apaza se citó a sus descendientes, quienes se apersonaron a la demanda y respondieron de forma negativa al proceso mediante memorial cursante a fs. 570 y vta., desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 622/2020 de 11 de noviembre, cursante de fs. 967 a 973 vta., donde la Juez Público de Familia 3° de la ciudad de El Alto - La Paz declaró PROBADA la demanda.

2. Resolución de primera instancia que fue recurrida en apelación por Julia Lipe Cayllagua mediante memorial cursante de fs. 1218 a 1232 vta., a cuyo efecto la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº S-97/2021 de 01 de abril cursante de fs. 1264 a 1266 vta., CONFIRMANDO la Sentencia apelada con el siguiente fundamento:

El concubinato es la situación de hecho en que se encuentran dos personas de distinto sexo que hacen vida marital sin estar unidos en matrimonio, pues se trata de una unión de hecho con caracteres de estabilidad y permanencia, por lo que, en el caso de autos, los integrantes de la pareja vivieron en posesión de estado matrimonial, no teniendo impedimento para contraer matrimonio.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Julia Lipe Cayllagua según memorial cursante de fs. 1272 a 1275 de obrados, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se observa que Julia Lipe Cayllagua en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:

a) La violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley, ya que en virtud a la naturaleza del problema jurídico sobre la demanda interpuesta, correspondía que el Tribunal de alzada examine y determine si fueron quebrantados o no los valores, principios, derechos y garantías constitucionalmente reconocidos, pues de la revisión de los antecedentes se colige que la recurrente formuló respuesta negativa a la demanda desvirtuando los puntos presentados en la demanda, extremo que no fue compulsado por el Juez A quo tampoco por el Tribunal Ad quem.

b) Al emitirse el Auto de Vista el Tribunal de alzada realizó una incorrecta aplicación del art. 393 inc. c) de la Ley Nº 603, pues confirmó la sentencia sin considerar los extremos de apelación, vulnerando como consecuencia la congruencia externa del Auto de Vista recurrido.

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Datos del proceso

Demandante
Milenka Yustin Camacho Almancy
Demandado
Julia Lipe Cayllagua y Darío Jurado Apaza.
Proceso
Comprobación de unión conyugal.
Tribunal Supremo de Justicia27 de agosto de 2021AS/0763/2021-RIFuente oficial