Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 764/2019-RA.
Fecha: 12 de agosto de 2019
Expediente: SC-91-19-S.
Partes: Fermín Fernández Pacaje y Betzha Chino Laura c/ Elia Zambrana Pereira.
Proceso: Mejor derecho propietario y acción negatoria.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 483 a 485 vta., presentado por Fermín Fernández Pacaje y Bethza Chino de Fernández, impugnando el Auto de Vista Nº 42/19 pronunciado el 23 de mayo, por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cursante de fs. 477 a 479 en el proceso de mejor derecho propietario y acción negatoria, seguido por los recurrentes contra Elia Zambrana Pereira, contestación a fs. 489 y vta., Auto de concesión de 18 de julio de 2019 cursante a fs. 491; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Fermín Fernández Pacaje y Betzha Chino de Fernández iniciaron proceso de mejor derecho propietario y acción negatoria mediante memorial de fs. 69 a 471 modificado y ampliado de fs. 85 a 86, acción dirigida contra Elia Zambrana Pereira, quien una vez citada se apersonó y solicitó nulidad de obrados, mediante escritos a fs. 93 y vta., 99 y vta., e interpuso denuncia de tercero cursante a fs. 137 y vta.
Ercilia Herrera Guerra se apersonó y contestó mediante memoriales de fs. 174 a 182 vta., y de fs. 186 a 187, expresando ser única propietaria del bien objeto del proceso, invocando la tercería coadyuvante litisconsorcial por estar en posesión del mismo.
Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 355/2017 de 24 de octubre, pronunciada por el Juez Público, Civil y Comercial Nº 10 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, cursante de fs. 344 a 345, que declaró IMPROBADA la demanda, porque el garante de evicción respondió al derecho de la tercerista coadyuvante, quién demostró tener mejor derecho propietario; e IMPROBADA en cuanto a la acción negatoria.
2. Resolución de primera instancia que recurrida en apelación Fermín Fernández Pacaje y Betzha Chino de Fernández mediante escrito de fs. 383 a 391, originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista Nº 42/19 de 23 de mayo, que en su parte dispositiva CONFIRMÓ totalmente la Sentencia Nº 355/2017 de 24 de octubre de 2017.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Fermín Fernández Pacaje y Betzha Chino de Fernández cursante de fs. 483 a 485 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
En el marco de lo preceptuado por el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también su legalidad; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio, en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que, al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, deben ser analizados ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico haciendo una interpretación integral de los arts. 271 al 275 del Código Procesal Civil, concluyéndose que los requisitos a ser analizados son que la resolución admita recurso de casación, el plazo de interposición del recurso, la legitimación procesal para impugnar y el contenido o expresión de reclamos en el recurso de casación.
II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad.
Mostrando 20 de 40 parrafos.