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TSJ

AS/0765/2007

Tribunal Supremo de Justicia
11 de octubre de 2007Social 2daMag. Hugo Suarez Calbimonte
Proceso
C. Tributario.
Sala
Social 2da
Año
2007

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 765

Sucre, 11 de octubre de 2.007

DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario.

PARTES: Raúl Machicado Dickc/ Servicio de Impuestos Internos La Paz.

MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte.

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 90-91, interpuesto por Raúl Machicado Dick, contra el Auto de Vista de Nº 136/2004-SSA-II de 25 de mayo de 2004 (fs. 86), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso contencioso tributario que sigue el recurrente contra la Administración de Impuestos Internos La Paz, respuesta de fs. 94-97, dictamen fiscal de fs. 100-101, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segundo de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 54/2000 de 31 de octubre de 2000 (fs. 48-57), declarando improbada la demanda de fs. 4-6 y ampliación de fs. 11-12 y probada la excepción de plazo vencido opuesta por el Administrador Regional de Impuestos Internos, por consiguiente firme y subsistente la Resolución Determinativa LP 002 Nº 00311 de 30 de abril de 1996.

En grado de apelación deducida por el demandante, por Auto de Vista Nº 136/2004-SSA-II de 25 de mayo de 2004 (fs. 86), se confirma la sentencia apelada.

Que contra el auto de vista, el recurrente interpone recurso de casación en el fondo, expresando que tanto el juez de primera instancia así como el tribunal ad quem, no han realizado una correcta apreciación de los hechos sin fundamento alguno sobre qué normas hubiesen sido mal interpretadas o violadas, ni adecuar debidamente su reclamo, a las causales que hacen a la procedencia del recurso de casación, previstas en el art. 258 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., concluye solicitando se case el auto de vista recurrido.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debiendo contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; debe fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo o en ambos casos a la vez, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

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Datos del proceso

Demandante
Raúl Machicado Dick
Demandado
Servicio de Impuestos Internos La Paz.
Proceso
C. Tributario.
Magistrado relator
Hugo Suarez Calbimonte
Tribunal Supremo de Justicia11 de octubre de 2007AS/0765/2007Fuente oficial