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TSJ

AS/0767/2014

Tribunal Supremo de Justicia
30 de diciembre de 2014Civil IMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Cumplimiento de contrato
Sala
Civil I
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L

Auto Supremo: 767/2014 Sucre: 30 de diciembre 2014 Expediente: SC-151-14-S

Partes: Lucas Romero Baigorria. c/ Elmer Arimoza Escobar.

Proceso: Cumplimiento de contrato Distrito: Santa Cruz

VISTOS: El recurso de casación en el fondo propuesto por Elmer Arimoza Escobar de fs. 130 a 131 vta., contra el Auto de Vista Nº 328 de 19 de agosto de 2014 de fs. 114 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de cumplimiento de contrato y reconvención de incumplimiento de pago, seguido por Lucas Romero Baigorria contra Elmer Arimoza Escobar, respuesta de fs. 135 y vta.; concesión de fs.136, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:

La Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz de la Sierra, pronunció Sentencia cursante de fs. 82 a 86, declarando: PROBADA LA DEMANDA de fs. 13 y vta., e IMPROBADA la DEMANDA RECONVENCIONAL de fs. 21 y vta., 1.- A los efectos de la Sentencia dictada se dispone que la parte demandada Elmer Arimoza Escobar, cumpla con el documento de fecha 18 de febrero de 1997, es decir debiendo entregar al demandante planos originales de todos los trabajos técnicos realizados sobre la urbanización de la propiedad ubicada en el lugar de nominado Mapaiso tres kilómetros al sur entrando por el kilómetro nueve de la carretera a Cochabamba jurisdicción territorial del cantón La Guardia Provincia Andrés Ibáñez de este Departamento; dentro del plazo de veinte días previa ejecutoria de la presente resolución bajo prevenciones de declarase rescindido el contrato de fecha 18 de febrero de 1997 y por ende la restitución de lo que hubiera recibido conforme a lo establecido por el art. 568 y 577 del código civil.

Apelada la referida sentencia por Elmer Arimoza Escobar por memorial de fs. 100 y vta., es resuelta la misma por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que emitió el Auto de Vista cursante a fs. 114 y vta., por el que confirma la Sentencia objeto de apelación.

Resolución que dio lugar al recurso de Casación en el fondo, interpuesto por parte de Elmer Arimoza Escobar, que se analiza.

CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Que, el A quo con absoluta ausencia de criterio jurídico habría declarado probada la demanda de cumplimiento de contrato e improbada su reconvención al no haberse demostrado de su parte que no cumplió con el contrato de 18 de febrero de 1997, que él habría concluido el trabajo que estaría corroborado por los recibos de fs. 1 a 5; que hace notar que el demandante habría negado pagar la aprobación en su oportunidad en la oficina de la H. Alcaldía Municipal, y que luego de transcurridos diez años pretender bajo presión que firme nuevos planos que generaban nuevo costo económico, aspecto que habría obligado a mendigar el pago por su trabajo.

Que, posteriormente le habría obligado a firmar un contrato de venta de terreno por la suma de $us. 3.312.- que fuera parte de los honorarios por el trabajo encomendado, con el que habría terminado de pagarle con ese lote de terreno, que no tuviera derecho propietario y ello habría impedido el registro en Derechos Reales.

Que, el documento suscrito en ninguna cláusula estipularía que tenga que recibir el lote de terreno por concepto de pago total de su trabajo. Que, los planos no son falsos, que el actor no quiso pagar los costos por derecho de uso de suelo. Lo que el actor no quisiera entender es que quiere que se le haga de manera gratuita los trabajos estipulados en el contrato.

Que, el proyecto se contraria con orden de aprobación pero como el actor no quiso cancelar los derechos de “binación de uso de suelo” para que su proyecto termine aprobado en todo su proyecto, que habría manifestado extraoficialmente que el comprador del lote fuera quien tenga que pagar por esos conceptos, que no fuera posible pues, el proyecto debiera estar totalmente aprobado con todo saneado y el Plan Regulador emite planos de ubicación.

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Datos del proceso

Demandante
Lucas Romero Baigorria.
Demandado
Elmer Arimoza Escobar.
Proceso
Cumplimiento de contrato
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Por carencia recursiva
Tribunal Supremo de Justicia30 de diciembre de 2014AS/0767/2014Fuente oficial