Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 772/2019-RA
Fecha: 14 de agosto de 2019
Expediente: SC-90-19-S
Partes: Jesús Rueda Martínez, Ruth Alderete Espejo, Teresa Alderete de
Paniagua, Jhon Gary Alderete Espejo y Mariela del Carmen Alderete
Espejo c/ Presuntos propietarios.
Proceso: Usucapión Decenal o Extraordinaria
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 119 a 121 interpuesto por Carlos Sumoya Montaño contra el Auto de Vista de 11 de abril de 2019 cursante de fs. 110 a 112 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Publica Segunda, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de usucapión decenal o extraordinaria seguido por Jesús Rueda Martínez, Ruth Alderete Espejo, Teresa Alderete de Paniagua, Jhon Gary Alderete Espejo y Mariela del Carmen Alderete Espejo contra Presuntos propietarios, la contestación de fs. 125 a 127 y el Auto de Concesión de 02 de julio de 2019 cursante a fs. 128, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. En base a la demanda cursante de fs. 22 a 24 subsanada a fs. 52 Jesús Rueda Martínez, Ruth Alderete Espejo, Teresa Alderete de Paniagua, Jhon Gary Alderete Espejo y Mariela del Carmen Alderete Espejo iniciaron el proceso de usucapión decenal o extraordinaria; acción que fue dirigida contra Presuntos propietarios quien una vez citados mediante edictos por auto cursante a fs. 61 vta. se designó defensor de oficio a Julio Rojas Sanabria quien se apersono al proceso y contesto a la demanda mediante memorial cursante a fs. 64; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia Nº 161/2018 de 12 de noviembre, cursante de fs. 74 a 75 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 1 Vallegrande - Santa Cruz declaró PROBADA la demanda principal y los declaró como únicos y legítimos propietarios del bien inmueble motivo de litis a los demandantes.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Carlos Sumoya Montaño mediante memorial cursante a fs. 89 vta., la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Publica Segunda, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista de 11 de abril de 2019 cursante de fs. 110 a 112 vta., declarando INADMISIBLES los recursos de apelación de fs. 89 vta. y de 97 vta.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Carlos Sumoya Montaño según memorial cursante de fs. 119 a 121 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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