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TSJReiteradora

AS/0773/2021

Tribunal Supremo de Justicia
1 de diciembre de 2021Social 1eraMag. José Antonio Revilla Martinez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado

La empresa recurrente, refiere que las las pruebas de fs. 29 a 40 a tiempo de determinar el sueldo promedio indemnizable, no fueron valoradas, estableciendo bajo simples presunciones incorrectamente un sueldo de Bs. 5.733,71. Señaló que el Auto de Vista recurrido no contiene ninguna fundamentación e...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 773

Sucre, 01 de diciembre de 2021

Expediente : 557/2021-S

Demandante : Percy Renan Arispe Flores

Demandado : Empresa Multipharma Representaciones SRL

Proceso : Beneficios Sociales

Departamento : La Paz

Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez

VISTOS: El recurso de casación de fs. 104 a 105 interpuesto por la empresa Multipharma Representaciones SRL representada por Cinthia Roca Rodríguez, contra el Auto de Vista Nº 261/2019 de 15 de noviembre de fs. 101 a 102, emitido por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso de pago de beneficios sociales seguido por Percy Renan Arispe Flores, contra la empresa recurrente; el Auto N° 270/21 de 9 de agosto de 2021, a fs. 111, que concedió el recurso; el Auto de 23 de septiembre de 2021, a fs. 119, que admitió el recurso de casación interpuesto y todo cuanto fue pertinente analizar:

I. ANTECEDENTES PROCESALES:

Sentencia:

Tramitado el proceso laboral la Juez Segunda del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz emitió la Sentencia N° 152/2018 de 19 de octubre de fs. 83 a 87, por la que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 11 a 12, subsanada a fs. 16 y 18, habiendo ordenado que la empresa Multipharma Representaciones SRL a través de su representante legal, debe cancelar al actor el monto total de Bs. 17.682,11.- por concepto de indemnización, vacación, sueldo devengado, más multa del 30%.

Auto de Vista:

Interpuesto el recurso de apelación promovido por el representante de la empresa de fs. 89 a 90, el Tribunal de alzada mediante Auto de Vista Nº 261/2019 de 15 de noviembre de fs. 101 a 102, CONFIRMÓ la Sentencia N° 152/2018 de 19 de octubre de fs. 83 a 87.

II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:

Contra el indicado Auto de Vista, la representante de empresa Multipharma Representaciones SRL, formuló recurso de casación en el fondo y la forma, conforme los argumentos siguientes:

En el fondo

1. Indicó que la Sentencia no cumplió con los dispuesto por el art. 202 del Código Procesal del Trabajo (CPT) al haberse computado el tiempo de servicios equivocadamente, haciendo una mala interpretación del contrato (prueba fs. 44) siendo incorrecto que la relación laboral empezó el 1º de mayo de 2016, sino el 1º de julio.

2. Así las pruebas de fs. 29 a 40 a tiempo de determinar el sueldo promedio indemnizable, no fueron valoradas, estableciendo bajo simples presunciones incorrectamente un sueldo de Bs. 5.733,71.-

3. También las vacaciones fueron erradamente reconocidas en 20 días, cuando sólo le corresponden 18 días, desconociendo el art. 44 modificado por el Decreto Supremo (DS) Nº 3150 de 19 de agosto de 1952.

4. No se probó que el actor hubiese generado comisiones en sólo 19 días del último mes que trabajó, septiembre de 2017, resultando ilógico reconocerle la suma de Bs. 2.483,61.-.

En la forma

Señaló que el Auto de Vista recurrido no contiene ninguna fundamentación en sus decisiones y tampoco sustenta en normativa legal ni jurisprudencia.

Petitorio:

Solicitó al Tribunal Supremo de Justicia, “…PRONUNCIE AUTO SUPREMO ANULATORIO DISPONIENDO QUE EL JUEZ DE INSTANCIA EMITA NUEVA SENTENCIA O ALTERNATIVAMENTE EMITA AUTO DE VISTA” .

Contestación:

El actor contestó argumentando que, el recurso de casación interpuesto, son sólo simples dilaciones al cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el Auto de vista, por lo que debe rechazarse.

Admisión:

Mediante Auto de 23 de septiembre de 2021 de fs. 119, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación, de fs. 104 a 105, interpuesto por la empresa Multipharma Representaciones SRL representada por Cinthia Roca Rodríguez, que ya se pasa a resolver.

III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:

Así expuestos los argumentos de su recurso de casación, por razones de metodología, empezaremos resolviendo el recurso de casación en la forma.

Sobre el recurso de casación en la forma:

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OBLIGACIÓN DE FUNDAMENTAR ERROR DE HECHO Y DE DERECHO/ El recurso de casación, además de expresar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, ya que este Supremo Tribunal debe ceñirse a lo expresado en el recurso de casación, no estando permitido suponer, inferir o deducir lo que el recurrente pretendió al recurrir en el fondo y en la forma.

Datos del proceso

Demandante
Percy Renan Arispe Flores
Demandado
Empresa Multipharma Representaciones SRL
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez

Precedente

Artículo 271-1) del Código Procesal Civil

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