Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº:
778/2014
Fecha:
20 de noviembre de 2014
Expediente:
28/11-Santa Cruz
Acusación:
Ministerio Público
Imputados:
Carlos Columba Rojas y Hugo Fernández
Delito:
Transporte de Sustancias Controladas
Recurso:
Casación – Resolución de Fondo
IANUS:
701199201100050
Magistrado Relator:
Abg. Iván Lima Magne
VISTOS: El Auto Supremo Nº 662/2014 dictado por la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia que determina ingresar a conocer el fondo de los derechos alegados y establecer la existencia de contradicción entre el Auto de Vista impugnado y la doctrina legal vinculante establecida por la Jurisprudencia vigente del Tribunal Supremo de Justicia.
I.- DEL RECURSO DE CASACION.
1. ANTECEDENTES.- Determinada la admisibilidad del recurso, se analizara el recurso presentado en consideración de la problemática planteada por los recurrentes. El Sistema de Recursos definido por la Ley 1970 (es compatible con la Constitución Política del Estado y el Pacto de San José de Costa Rica) esta regido por el derecho a la fundamentación de las decisiones judiciales, asumiendo que la actuación de los Tribunales de Sentencia, los Tribunales Departamentales y el Tribunal Supremo de Justicia, conforman una unidad coherente y lógica que da respuesta al ciudadano y corrige su actuación en los aspectos vulnerados y preserva las actuaciones cumplidas que no han generado una afectación al debido proceso. En consecuencia y según los fundamentos expuestos por el Magistrado Relator en su voto fundamentado en el Auto Supremo 369/2014, se analiza los argumentos expuestos por los recurrentes.
2. MOTIVO DEL RECURSO.- El recurso de casación presentado por Carlos Columba Rojas y Hugo Fernández el 1 de febrero de 2011, cursante a fojas 233 a 234 vta., en el que, sostienen los siguientes argumentos:
2.1. Vulneración del art. 124 del Código de Procedimiento Penal, alegando que no hubiese existido pronunciamiento respecto de la exclusión probatoria formulada contra la participación ilegal de la perito.
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