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TSJReiteradora

AS/0781/2024

Tribunal Supremo de Justicia
28 de agosto de 2024Social 1eraMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Alcances

Habiéndose presentado un recurso de casación por la Sociedad de Responsabilidad Limitada Agricultura y Agronegocios “BIOSIS” contra el Auto de Vista N° 440/2024, emitido el 29 de diciembre por la Sala Primera Social Administrativa y Contenciosa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, l...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 781

Sucre, 28 de agosto de 2024

Expediente: 540-2024

Demandante: Sarah Magaly Caceres Cespedes

Demandado: Sociedad de Responsabilidad Limitada Agricultura y Agronegocios “BIOSIS”

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Cochabamba

Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar

VISTOS: Los recursos de casación, de fs. 854 a 856 interpuesto por la Sociedad de Responsabilidad Limitada Agricultura y Agronegocios “BIOSIS”. Representada por Iván Demetrio Magariños Guzmán como apoderado de Oscar Mauricio Crespo Suarez gerente general de “BIOSIS” y la respuesta y adhesión del recurso de casación de fs. 863 a 865 vta. interpuesto por Sarah Magaly Cáceres Céspedes, en contra del Auto de Vista N° 440/2024 de 29 de diciembre de fs., 842 a 847, emitido por la Sala Primera Social Administrativa y Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso Laboral, de pago de beneficios sociales interpuesto por Sarah Magaly Cáceres Céspedes en contra de BIOSIS S.R.L.; el Auto de 20 de junio de 2024 de fs. 872, que concede el recurso y el Auto Interlocutorio N° 879 a 880 vta., que admitió a los recursos, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I

I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.

Tramitado el proceso de beneficios Sociales, el Juez de Trabajo y Seguridad Social N 6 de Cochabamba, emitió la Sentencia de 23 de diciembre de 2024 de fs. 810 a 817 y vuelta, que declaró PROBADA EN PARTE en lo que respecta al pago de indemnización, desahucio, salarios devengados, duodécimas de aguinaldo de navidad gestión 2020, vacaciones, primas y la excepción perentoria de pago sin costas, en consecuencia dispuso que mediante su representante legal la Sociedad De responsabilidad Limitada AGRICULTURA Y AGRONEGOCIOS “BIOSIS S.R.L." pague a la señora Sarah Magaly Cáceres Céspedes la suma de Bs.125.647,00 de (Ciento veinticinco Mil Seiscientos Cuarenta y Siete 00/100):

FECHA DE INGRESO: 14 de marzo de 2011

FECHA DE DESPIDO: 16 de octubre de 2020

TIEMPO DE SERVICIOS: 9 años, 7 meses y 3 días

SALARIO PROMEDIO INMDEMIZABLE: Bs. 10.145,88

INDEMNIZACIÓN

9 años = Bs. 91.312,92

7 meses = Bs. 5.918,43

3 días = Bs. 84,55

Bs. 97.315,90.-

DESAHUCIO Bs. 30.437,64.-

SALARIOS DEVENGADOS (menos 12.71% Aporte Laboral (ver Fs. 150-194)

Y depósitos a cuenta de salario (ver fs. 79, a 83)

Marzo 2020 = Bs. 9.700,26 – (12.71 % A.L y Bs. 8.000,00) = Bs. 467,36

Abril 2020 = Bs. 9.700,26 – (12.71 % A.L y Bs. 6.000,00) = Bs. 2. 467,36

Mayo 2020 = Bs. 10.145,88 – (12.71 % A.L y Bs. 5.000,00) = Bs. 3. 856,34

Junio 2020 = Bs. 10.145,88 – (12.71 % A.L y Bs. 5.000,00) = Bs 3. 856,34

Julio 2020 = Bs. 10.145,88 – (12.71 % A.L y Bs. 3.000,00) = Bs 5. 856,34

Agosto 2020 = Bs. 10.145,88 – (12.71 % A.L) = Bs.8.856,34

Septiembre 2020 = Bs. 10.145,88 – (12.71 % A.L) = Bs.8.856,34

Octubre 2020 (16 días) = Bs. 5.945,88 – (12.71 % A.L) = Bs.5.190,16

Bs. 39.406,58

AGUINALDO DE NAVIDAD 2020 (duodécimas)

Gestión 2020 9 meses y 6 días =Bs. 8.060,34 Bs. 8.06, 34

VACACIONES (16,83 días) Bs. 5.691,84

PRIMAS

Gestión 2011 – Bs. 1.500,00

Gestión 2012 – Bs. 1.500,00

Gestión 2013 – Bs. 1.740,00

Gestión 2014 – Bs. 2.034,00

Gestión 2015 – Bs. 3.220,85

Gestión 2016 – Bs. 3.837,69

Gestión 2017 – Bs. 8.507,27

Gestión 2019 – Bs. 6.034,89 (prorrata)

Bs. 28.374,70

TOTAL Bs. 125.647,00

I.2. Auto de Vista.

En apelación interpuesta por ambas partes, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa, mediante Auto de Vista 440/2023 de 29 de diciembre a fs. 842 a 847 REVOCÓ EN PARTE la Sentencia apelada de 23 de diciembre de 2022.

Con la siguiente modificación:

FECHA DE INGRESO: 14 de marzo de 2011

FECHA DE DESPIDO: 16 de octubre de 2020

TIEMPO DE SERVICIOS: 9 años, 7 meses y 3 días

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Máxima

IMPROCEDENCIA DE LA ADHESION EN EL RECURSO DE CASACIÓN/ El recurso extraordinario de casación o nulidad, al considerarse como una nueva demanda de carácter puramente jurídico, no contempla ni regula la figura de la adhesión, la cual se reserva exclusivamente para el recurso de apelación.

Datos del proceso

Demandante
Sarah Magaly Caceres Cespedes
Demandado
Sociedad de Responsabilidad Limitada Agricultura y Agronegocios “BIOSIS”
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Auto Supremo Nº 166/2015, de 18 de junio de 2015.

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