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TSJ

AS/0784/2024

Tribunal Supremo de Justicia
28 de agosto de 2024Social 1eraMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 784

Sucre, 28 de agosto de 2024

Expediente: 586-2024

Demandante: Julio Cesar Chávez Mamani

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 274 a 277, deducido por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz representado por Edwin Castro Escobar, impugnando el Auto de Vista N° 80/2024 de 5 de abril, emitido por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de fs. 268 a 272 y vta., dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales y derechos sociales seguido por Julio Cesar Chávez Mamani contra Gobierno Autónomo Municipal de La Paz; la contestación de fs. 280 a 281, el Auto Interlocutorio de 26 de junio de vuelta de obrados de fs. 281, que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio N° 342/2024 de 29 de julio que admitió el recurso de fs.288 a 289, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I.

Antecedentes del proceso.

Sentencia.

Tramitado el proceso laboral la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Noveno de la ciudad de La Paz mediante Sentencia de 9 de agosto de 2023, de fs. 225 a 232, que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 6 a 7 subsanada a fs. 14 y vta., y fs. 55 y vta., en consecuencia ordeno al Gobierno Átomo Municipal de La Paz a través de su representante legal, dentro de tercero día de ejecutoriada la Sentencia y bajo conminatoria de Ley, cancele a favor del demandante la suma de Bs. 67.402,29.- (SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DOS 96/100 Bolivianos); por concepto de desahucio, indemnización, incremento salarial, vacaciones y feriados.

Dispuso, asimismo; que el monto determinado deberá ser actualizado y se deberá añadir la multa del 30% en ejecución de sentencia, conforme dispone el artículo 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

Auto de Vista.

En grado de apelación deducido por Edwin Castro Escobar en representación del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz mediante memorial de fs. 254 a 256 y vta., la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista N° 80/2024 de 5 de abril, de fs. 268 a 272 y vta., que CONFIRMÓ EN PARTE la Sentencia apelada; bajo la siguiente liquidación:

Fecha de ingreso: 13 de junio de 2011

Fecha de retiro: 31 de enero de 2021

Tiempo de servicios: 8 años, 7 meses y 17 días.

Tiempo de servicios de pago de indemnización: 8 años, 1 mes y 10 días

Desde el 20 de diciembre de 2012

Hasta el 31 de enero de 2021

Sueldo promedio indemnizable: Bs. 3.336,00.-

Desahucio Bs. 10.008.00.-

Indemnización Bs. 27.062,66.-

Incremento salarial (2019) Bs. 1.152,00.-

Bono de Antigüedad:

2013 De 2 a 4 años. 5% SMN Bs. 1.200,00.- (6 meses y 17 días): Bs. 364,00

2013 De 2 a 4 años. 5% SMN Bs. 1.400,00.- (12 meses): Bs. 864,00

2013 De 2 a 4 años. 5% SMN Bs. 1.656,00.- (12 meses): Bs. 364,00

2013 De 2 a 4 años. 5% SMN Bs. 1.805,00.- (5 meses y 13 días): Bs. 490,35

2013 De 5 a 7 años. 11% SMN Bs.1.805,00.- (6 meses y 17 días): Bs. 1.303,81

2013 De 5 a 7 años. 11% SMN Bs. 2.000,00.- (12 meses): Bs. 2.640,00

2013 De 5 a 7 años. 11% SMN Bs. 2.060,00.- (12 meses): Bs. 2.719,20

2013 De 5 a 7 años. 11% SMN Bs. 2.122,00.- (5 meses y 13 días):Bs. 1.268,24

2013 De 8 a 10 años.18% SMN Bs. 2.122,00.- (6 meses y 17 días):Bs. 2.508,20

2013 De 8 a 10 años. 18% SMN Bs. 2.122,00.- (12 meses): Bs. 4.583,52

2013 De 8 a 10 años. 18% SMN Bs. 2.164,00.- (1 mes): Bs. 389,52

2013 De 2 a 4 años. 5% SMN Bs. 1.200,00.- (6 meses y 17 días): Bs. 364,00

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Datos del proceso

Demandante
Julio Cesar Chávez Mamani
Demandado
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia28 de agosto de 2024AS/0784/2024Fuente oficial