Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 787/2018-RA
Sucre: 22 de agosto de 2018
Expediente: PT-10-18-S
Partes: Tomas Alberto Vargas Anze y otra. c/ Alberto Vargas Menacho y otra.
Proceso: Mejor derecho propietario y otro.
Distrito: Potosí.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 335 a 343 vta., interpuesto por Tomas Alberto Vargas Anze; contra el Auto de Vista de 4 de diciembre, cursante de fs. 328 a 332, pronunciado por la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso ordinario de mejor derecho propietario, seguido por el recurrente contra Alberto Vargas Menacho y otra; el Auto de concesión del recurso de casación de fs. 349 de 19 de julio; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. En base al memorial de demanda de fs. 20 a 22 vta., se inició proceso de mejor derecho propietario acción que fue dirigida contra Alberto Menacho Vargas y otra; la parte demandante por escrito de fs. 31 responde a la demanda y a su turno la codemandada Roxana Sunagua Fonseca interpone excepciones, contesta negativamente y plantea demanda reconvencional desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse Sentencia de fs. 294 a 298, por la que declaró IMPROBADA la demanda.
2. Contra la referida resolución la parte demandante interpuso recurso de apelación de fs. 299 a 306 vta., que mereció el Auto de Vista de 4 de diciembre de 2017, de fs. 328 a 332, por el cual CONFIRMA la sentencia.
3. Fallo de segunda instancia que fue recurrido en casación por Tomas Alberto Vagas Anze de fs. 335 a 343 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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