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TSJ

AS/0788/2019

Tribunal Supremo de Justicia
29 de noviembre de 2019Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Sala
Social 2da
Año
2019

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 788/2019

Sucre, 29 de noviembre de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 151/2019

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS: Los recursos de casación, cursantes de fs. 203 a 207. y de fs. 215 a 217 vta., interpuestos por Manfredo Menacho Ferrante como apoderado de Carlos Alberto Virreira Zalles representante legal de la empresa Publicidad y Diseño Digital ARTECOM S.R.L. y Juan pablo Flores Loza en representación de Javier Edwin Hiza Rojas, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 15 de 8 de febrero de 2019, cursante de fs. 197 a 198 vta. pronunciado por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Santa Cruz, dentro del proceso social sobre pago de beneficios sociales, seguido por Javier Edwin Hiza Rojas representado por Juan pablo Flores Loza contra la empresa de publicidad y Diseño Digital ARTECOM SRL representada por Carlos Alberto Virreira Zalles, el Auto Nº 62 de 3 de abril de 2019, que concedió el recurso (fs. 225 vta.), el Auto de admisión Nº 150/2019-A de 7 de mayo de 2019, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

I. Antecedentes del Proceso.

I.1. Sentencia.

Admitida la demanda y agotados los trámites del proceso, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 17 de 3 de mayo de 2018, cursante de fs. 164 a 169 vta., declarando IMPROBADA en cuanto a la causal de extinción de la relación laboral y por ende en cuanto al derecho al Desahucio, por cuanto se demostró que el demandante ante el quebrantamiento de la confianza con su empleador optó por alejarse de su fuente laboral y declaró  PROBADA en cuanto al derecho al pago de los demás beneficios sociales adquiridos disponiendo el pago de Bs. 123.905,58, (Ciento veintitrés Mil Novecientos Cinco con 58/100 Bolivianos).

Indemnización

por 3 años (Bs. 14.352)

Bs. 43.056,00

Por 3meses

Bs. 3.588,00

Por 18 días

Bs. 717,59

Aguinaldo de navidad por 10 meses del 2015

Bs. 23.920,00

Por 18 días

Bs. 1.435,19

Vacaciones por 17 días

Bs. 8.132,80

Primas

Bs. 43.056,00

MONTO TOTAL

Bs. 123.905,58

Mas la actualización en UFV a calcular en ejecución de sentencia.

I.2. Auto de Vista.

En grado de apelación, la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, expidió el Auto de Vista Nº 15 de 8 de febrero de 2019, cursante de fs. 197 a 198 vta., que confirmó la Sentencia Nº 17 de 3 de mayo de 2018 de fs. 164 a 169 vta.

I.3. Motivos del recurso de casación

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Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia29 de noviembre de 2019AS/0788/2019Fuente oficial