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TSJ

AS/0792/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
18 de octubre de 2022Civil
Proceso
Reivindicación
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 792/2022-RA

Fecha: 18 de octubre de 2022

Expediente: O-61-22-S

Partes: Trifón Jhonny Llave Muñoz c/ Juan Quispe Laura y Nancy Eduarda Mollo Flores.

Proceso: Reivindicación.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 773 a 777, interpuesto por Trifón Jhonny Llave Muñoz, contra el Auto de Vista N° 342/2022 de 31 de agosto, que sale de fs. 761 a 768 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso ordinario de reivindicación, seguido por el recurrente contra Juan Quispe Laura y Nancy Eduarda Mollo Flores, la contestación obrante de fs. 788 a 790 vta.; el Auto de concesión de 03 de octubre de 2022, visto a fs. 783, complementado por la resolución de 04 de octubre de 2022, visible a fs. 791, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Trifón Jhonny Llave Muñoz, mediante memorial corriente de fs. 16 a 19, complementado por escrito visible de fs. 61 y 64, inició proceso de reivindicación contra Juan Quispe Laura y Nancy Eduarda Mollo Flores, quiénes una vez citados, contestaron negativamente, opusieron excepción de emplazamiento de terceros visible de fs. 70 a 74 vta., desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 09/2022 de 09 de junio, corriente en fs. 700 a 713 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 7° de Oruro, declaró PROBADA la demanda de reivindicación de fs. 16 a 19, complementada por memoriales que salen de fs. 61 y 64.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Juan Quispe Laura y Nancy Eduarda Mollo Flores mediante memorial obrante de fs. 726 a 734 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista N° 342/2022 31 de agosto, cursante de fs. 761 a 768 vta., REVOCANDO la Sentencia N° 09/2022 de 09 de junio, en consecuencia, declaró IMPROBADA la demanda de reivindicación.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Trifón Jhonny Llave Muñoz, según escrito de fs. 773 a 777, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido, y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Trifón Jhonny Llave Muñoz
Demandado
Juan Quispe Laura y Nancy Eduarda Mollo Flores
Proceso
Reivindicación
Tribunal Supremo de Justicia18 de octubre de 2022AS/0792/2022-RAFuente oficial