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TSJ

AS/0802/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
29 de agosto de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Cumplimiento de contrato privado
Sala
Civil
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 802/2018-RA

Sucre: 29 de agosto de 2018

Expediente: CH-59-18-S

Partes: Oscar Cueto c/ Moisés Avelino Cadenas Veliz y César Augusto Gutiérrez Martínez

Proceso: Cumplimiento de contrato privado

Distrito: Chuquisaca

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 206 a 210, interpuesto por César Augusto Gutiérrez Martínez y Moisés Avelino Cadenas Veliz contra el Auto de Vista N° 179/2018 de fecha 16 de julio, cursante de fs. 197 a 200 de obrados, pronunciado por la Sala Civil y Comercial, Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso de cumplimiento de contrato privado, seguido por Oscar Cueto contra los recurrentes, la contestación cursante de fs. 213 a 215, el Auto de concesión de fecha 14 de agosto de 2018 cursante a fs. 216, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. En base a la demanda cursante de fs. 7 a 10, subsanada a fs. 27 y ampliada mediante memorial cursante a fs. 31, Oscar Cueto, inició un proceso ordinario de cumplimiento de contrato privado; acción que fue dirigida contra César Augusto Gutiérrez Martínez y Moisés Avelino Cadenas Veliz, quienes una vez citados, por memorial de fs. 53 a 56 vta., Cesar Augusto Gutiérrez Martínez contestó negativamente a la demanda y planteo excepciones; mediante memorial cursante de fs. 64 a 65 Moisés Avelino Cadenas Veliz contestó negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia Nº 46/2018 de fecha 03 de abril, cursante de fs. 162 a 167 vta., donde el Juez Público en lo Civil y Comercial Nº 14 de Sucre, declaró IMPROBADA en todas sus partes la pretensión de la demanda de cumplimiento de contrato privado, instaurada de fs. 7 a 10 ratificada a fs. 25 y 27, ampliada a fs. 31 de obrados por Oscar Cueto, con condenación en costas y costos al demandante conforme lo previsto por el art. 223.I del Código Procesal Civil.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Oscar Cueto mediante memorial cursante de fs. 174 a 177 vta.; la Sala Civil y Comercial, Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista N° 179/2018 de fecha 16 de julio, cursante de fs. 197 a 200 de obrados, REVOCANDO TOTALMENTE la Sentencia Nº 46/2018 de 03 de abril de 2018 de fs. 162 a 167 vta. declarando en el fondo probada la demanda de cumplimiento de pago. Debiendo en ejecución de sentencia, determinarse el monto que genero el transporte de maquinaria y cambio de turbo y todas sus emergencias, que será deducido del monto total de la deuda de Bs. 51.200.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por César Augusto Gutiérrez Martínez y Moisés Avelino Cadenas Veliz según memorial cursante de fs. 206 a 210 de obrados, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273, 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Oscar Cueto
Demandado
Moisés Avelino Cadenas Veliz y César Augusto Gutiérrez Martínez
Proceso
Cumplimiento de contrato privado
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia29 de agosto de 2018AS/0802/2018-RAFuente oficial