Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 806/2022-RA
Fecha: 26 de octubre de 2022
Expediente: LP-112-22-S.
Partes: José Huallpa Mamani c/ Sócrates, Asunta y Antonia todos Huallpa Mamani.
Proceso: Usucapión decenal.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 166 a 168, interpuesto por José Huallpa Mamani contra el Auto de Vista N° 165/2022, de 22 de abril, corriente de fs. 159 a 162 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de usucapión decenal, seguido por el recurrente contra Sócrates, Asunta y Antonia todos Huallpa Mamani; el Auto de concesión de 28 de septiembre de 2022 a fs. 175, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. José Huallpa Mamani, por memorial de fs. 31 a 34 vta., reiterado de fs. 41 a 44 y subsanado a fs. 47; inició el proceso ordinario de usucapión decenal contra Sócrates, Asunta y Antonia todos Huallpa Mamani, quienes una vez citados, según escrito de fs. 74 a 77 vta., respondieron de forma negativa a la demanda; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 277/2019 de 05 de septiembre, que sale de fs. 107 a 109, en la que el Juez Público Civil y Comercial 11° de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda incoada por José Huallpa Mamani.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por José Huallpa Mamani, mediante memorial cursante de fs. 117 a 119, dio lugar a que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 165/2022, de 22 de abril, corriente de fs. 159 a 162 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia-Resolución Nº 277/2019 de 05 de septiembre.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por José Huallpa Mamani según memorial cursante de fs. 166 a 168, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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